Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2682 de 2014

Decreto · 1275 · 2016-08-04 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

, Adicionar un parágrafo quedará así:

Artículo 4°

del Decreto de 201 el cual "Parágrafo 5. En el caso que solicitud declaratoria de zona que trata este Decreto comprenda únicamente costa afuera, no les exigibles conceptos emitidos la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, así como tampoco el concepto técnico del Departamento Nacional de Planeación acerca del impacto económico y análisis costo beneficio del proyecto de inversión establecidos en el artículo 10 del Decreto 1300 de 2015 y sus modificaciones, adiciones o normas que lo sustituyan. Cuando se incorporen áreas continentales o insulares al momento la solicitud o Franca Permanente se posteriormente a la declaratoria de existencia de la 1300 de 2015 y deberán tramitar los conceptos previstos en el artículo 10 del sus modificaciones, adiciones o normas que lo sustituyan, caso en el cual la continentales o información requerida deberá corresponder únicamente a insulares",

Artículo 2°

, Solicitudes en trámite. solicitudes de declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes dedicadas exclusivamente a actividades evaluación técnica, exploración y producción hidrocarburos costa y sus actividades relacionadas, se encuentren en trámite de la entrada en

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma