Por el cual se crea una institución de educación superior indígena propia del pueblo

Decreto · 1274 · 2023-07-31 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–7 de 7

Artículo 1°

Creación. Créese una institución de educación superior indígena propia del pueblo Wayúu de La Guajira, la cual se regirá por las disposiciones del presente decreto legislativo y demás normas concordantes. DECRETO NÚMERO 127/J DE 2023 Hoja N°, 7 de 11 Continuación del Decreto: "Por el cual se crea una institución de educación superior indlgena propia del pueblo Wayúu en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira" PARÁGRAFO. La creación de la institución de educación superior del pueblo indígena Wayúu del departamento de La Guajira que se dispone en el presente decreto no requerirá el previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 1953 de 2014.

Artículo 2°

Naturaleza de la institución de educación superior del pueblo Wayúu del departamento de la Guajira. La institución de educación superior indígena propia del pueblo Wayúu de La Guajira es una entidad pública de carácter especial y autónoma, cuyo principal objetivo es la formación integral y la investigación en el marco del Sistema Educativo Indígena Propio, y contribuir al reconocimiento de la diversidad étnica y cultural del pueblo Wayúu y de todas y todos los colombianos, que gozará de personería jurídica y contará con autonomía universitaria. Esta institución hará parte del Territorio Indígena que llegare a conformar el pueblo Wayúu de La Guajira, hasta tanto, funcionará como entidad autónoma del orden nacional.

Artículo 3°

Requisitos para el funcionamiento. Para la puesta en funcionamiento de la institución de educación superior del pueblo Wayúu de la Guajira, se deberán cumplir los requisitos establecidos en los numerales 2 y 3 del

Artículo 68°

y en el artículo 70 del Decreto 1953 de 2014. ' Para lo anterior, facúltese al Ministerio de Educación Nacional para la creación e implementación de la ruta para la puesta en funcionamiento de la institución de educación superior indígena propia del pueblo Wayúu del departamento de La Guajira. PARÁGRAFO 1. Durante la puesta en funcionamiento de la institución de educación superior indígena propia del pueblo Wayúu de La Guajira, se priorizará la creación de la facultad de ciencias de la salud y programas tales como ingenierías en energías limpias. ingenierías en aguas y administración turística. El Ministerio de Educación Nacional brindará el acompañamiento técnico necesario. PARÁGRAFO 2. La admisión a la institución de educación superior indígena propia del pueblo Wayúu de La Guajira, esta dirigida a todos los bachilleres que deseen ingresar, sin distinción de su pertencia étnica. PARÁGRAFO 3. La organización y dirección de la institución de educación superior indígena propia del pueblo Wayúu de La Guajira tendrá el esquema de organización y control establecido en el artículo 69 del Decreto 1953 de 2014.

Artículo 4°

Fuentes de 'financiamiento. El gobierno nacional a través de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, dispondrá de los recursos necesarios para la puesta en funcionamiento de la institución de educación superior indígena propia del pueblo Wayúu del departamento de La Guajira, de conformidad con sus disponibilidades presupuestales,sin perjuicio de los demás recursos que DECRETO NÚMERO 1274 DE 2023 Hoja N°, 8 de 11 Continuación del Decreto: "Por el cual se crea una institución de educación superior indfgena propia del pueblo Wayúu en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica. Social y Ecológica en el departamento de La Guajira" perciba la institución de educación superior y que hagan parte de su patrimonio de conformidad con los resultados del estudio de factibilidad.

Artículo 5°

Participación comunidades indígenas. La creación e implementación de la ruta de que trata el artículo tercero de este Decreto Legislativo deberá realizarse con garantía del derecho a la participación de las comunidades del pueblo Wayúu del departamento de La Guajira.

Artículo 6°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBlíQUESE y CÚMPLASE 31JUHL2~23 Dado en Bogotá D.C., a los El Ministro del Interior, 15 FERNANDO VElASCO CHAVES El Ministro de Relaciones Exteriores, El Ministro de Hacienda y Crédito Público, ~. RICARDO BONillA GONZAlEZ DECRETO NÚMERO 1274 DE 2023 Hoja N°. 9 de 11 Continuación del Decreto: "Por el cual se crea una institución de educación superior indigena propia del pueblo Wayúu en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira" El Ministro de Justicia y del Derecho, 3iJUL.4W NÉSTOR IVÁN OSUNA PATIÑO El Ministro de Defensa Nacional, =z:t! t:..e,1~~? C~ IVÁN VELASQUEZ GÓMEZ La Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural, OJICA FLÓREZ El Ministro de Salud y Protección Social, GUILLERMO ALFO La Ministra del Trabajo, - O JARAMILLO MARTíNEZ ~~~~ GLORIA INÉS RAMíREZ Ríos La Ministra de Minas y Energía, IRENE VÉLEZ TORRES El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, DECRETO NÚMERO 1274 DE 2023 Hoja N°. 10 de 11 Continuación del Decreto: "Por el cual se crea una institución de educación superior indigena propia del pueblo Wayúu en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira" La Ministra de Educación Nacional, FIGUEROA La Ministra de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, / 9f; 'A//J~b~ I 1 MAFiTÁ Sti~NA MU / ,/ / tJ1 MAD GONZÁLEZ . La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, c:::f+)vDMARTHA CATALINA VELASCO CAMPUZANO \ \ O LlZCANO ARANGO La Ministra de Transporte (E), El Ministro de Cultura (E), JORGE IGNACIO ZORRO SÁNCHEZ \ DECRETO NÚMERO 1274 DE 2023 Hoja N°. 11 de 11 Continuación del Decreto: "Por el cual se crea una institución de educación superior indígena propia del pueblo Wayúu en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira" La Ministra del Deporte, A~~~DRíGUEZ CORTÉS La Ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación, ~tl..~.. J.- \~ ANGELA YESENIA OLAYA REQUENE La Ministra de la Igualdad y Equidad, ~;;~~j FRANCIA ELENA MARQLlEZ MINA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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