del Decreto 672 de 2017, así: I' DECRETO NÚMER(iL 1270 de 2017 Hoja N°. 2 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República." . 1 I Ii I /1( ..) 12. Adelantar las gestiones necesarias para que la implementación de los acuerdos de paz se ajuste a la visión y contenido de los mismos. 14. Absolver las consultas y peticiones que guarden relación con las funciones de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz. 15. Proponer, en coordinación y bajo los lineamientos de la Secretaría Jurídica, proyectos de actos legislativos, leyes, decretos reglamentarios y demás documentos en materia de procesos y acuerdos de paz, sin perjuicio de las funciones propias de la citada Secretaría. 16. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República"\nArtículo 3°. Modificar el numeral 7 y adicionar los numerales 8 y 9 al artículo 22 del Decreto 672 de 2017, así: " (..) 7. Orientar y asistir a las diferentes entidades e instancias responsables de la implementación de los acuerdos de paz en la comprensión del contenido y visión de lo acordado. 8. Ejercer la secretaría técnica de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final - CSIVI y participar en otras instancias y comisiones que tengan como propósito impulsar el contenido de los acuerdos. 9. Las demás que correspondan a la naturaleza de la dependencia."\nArtículo 4°. Dirección de Pedagogía y Promoción de la Paz. Son funciones de la Dirección de Pedagogía y Promoción de la Paz, las siguientes: 1. Coordinar y desarrollar acciones y programas de pedagogía que promuevan el conocimiento de la Política de Paz y Reconciliación y del contenido de los acuerdos de paz suscritos por el Gobierno Nacional y los grupos armados organizados al margen de la ley. 2. Promover, desarrollar e incentivar escenarios de participación y procesos de diálogo nacional y en los territorios, orientados a la construcción de paz, que promuevan la confianza, convivencia y reconciliación, en concordancia con la institucionalidad nacional, regional y local, y con el sector privado y la sociedad civil. 3. Fomentar y apoyar la coordinación de actividades que tengan como propósito la construcción de una cultura de paz y reconciliación en el ámbito gubernamental y . de la sociedad civil. 4. Liderar la creación de espacios que promuevan la participación de la sociedad civil en torno al conocimiento de los acuerdos de paz, con el propósito de lograr la reconciliación nacional 5. Apoyar al Alto Comisionado para la Paz en el ejercicio de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Paz, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 434 de 1998. 6. Las demás que correspondan a la naturaleza de la dependencia. ,I I' •I 1 Parágrafo. La Dirección de Pedagogía y Promoción de la Paz, tendrá una duración transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2018. I fe· " .......,:'" DECRETO NÚMER,tL·l 270 de 2017 Hoja N°. 3 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep(¡blica." ,