Artículo 1°
Modifíquese el numeral 23 del artículo 5 del Decreto Ley 4138 de 2011, el cual quedará así: "23. Administrar los bienes y servIcIos, así como establecer los suministros para alimentación, económicos o en especie, necesarios para el proceso de reincorporación, en el marco de sus competencias legales, para lo cual el(la) Director(a) de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), adoptará el acto administrativo de reglamento. Lo anterior podrá ser ejecutado a través del Fondo Colombia en Paz (FCP)"\nArtículo 2°. . Vigencia y modificaciones. El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica el numeral 23 del artículo 5 del Decreto Ley 4138 de 2011, que fue adicionado por el Decreto 1629 de 201~. . PlIBLlQUESE y CUMPlASE Dado en Bogotá D.C., a 2 J U.L. ~ i»... 2023 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA ~\~ ~NZÁlEZ CARL . I DECRETO NÚMERO 1230 2023 DE HOJA 3 "Por medio del cual se modifica el numeral 23 del arlículo 5 del Decreto Ley 4138 de 2011, el cual establece las funciones de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN)" EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUN 25 JUL 2023 t J• CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA