Artículo 1
Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Caja Nacional de Previsión Social CAJANAL EICE en Liquidación, establecido en el artículo 1 del Decreto 2196 de 2009, prorrogado mediante el artículo 1% del Decreto 2040 de 2011, hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2012. Parágrafo.- En el evento que las actividades que sustentan la prórroga establecida en el artículo 1 de este decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.