Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito

Decreto · 121 · 2022-01-27 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1°

Supresión de empleos. Suprimir en la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el siguiente empleo: No. de Cargos I Dependencia y Empleo I Código I Grado DESPACHO DEL MINISTRO 1 (Uno) I Asesor l 1020 l 05

Artículo 2°

Creación de empleos. Crear en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes empleos: DECRETO NÚMERO ".. 121 DE Página 2 de 3 2022 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público". No. de Cargos 4 (Cuatro) I I Dependencia y Empleo DESPACHO DEL MINISTRO Asesor I Código I Grado I 1020 I 08 I 3124 I 14 PLANTA GLOBAL 2 -(Dos) I Técnico Administrativo

Artículo 3°

Provisión de empleos. La provisión de los empleos creados deberá hacerse de conformidad con las disposiciones presupuestales y hasta la concurrencia presupuestal de cada vigencia; cumpliendo con todos los requisitos legales para tal fin.

Artículo 4°

Distribución de los empleos. El Ministro de Hacienda y Crédito Público distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2 del presente Decreto, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.

Artículo 5°

Continuidad de la remuneración e incorporación. El empleado público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al que se le suprime el cargo continuará percibiendo la remuneración mensual correspondiente al cargo que desempeña actualmente y cumpliendo las funciones asignadas al empleo que ocupa, hasta tanto se produzca la incorporación directa en el cargo creado en el artículo 2 del presente decreto o sea nombrado en otro cargo equivalente. Parágrafo. Al servidor público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público actualmente vinculado y que en virtud del presente Decreto sea incorporado en el empleo creado en el artículo 2 de este Decreto, no le aplicará las disposiciones consagradas en los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 Y el Parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 6°

Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 247 de 2004 y 1815 de 2020. PUBLíQUESEYCÚMPLASE27 NE 202 Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLlC , TREPO~DANO DECRETO NÚMER&, 121 DE 2022 Página 3 de 3 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público", EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, 27 E E2022

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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