Artículo 1°
Corríjase el Artículo Primero del Decreto 1055 del 27 de junio de 2016, el cual quedará así:
Decreto · 1209 · 2016-07-25 · Jerarquía: nivel 7
Corríjase el Artículo Primero del Decreto 1055 del 27 de junio de 2016, el cual quedará así:
Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Dado en Bogotá. D.C., a los LA MINISTRA DE EDUCACiÓN l'-lACIONAL, 0(l ~~() (/(OW'-I GINA MARIA PARODY D'ECH~ONA 1
Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.
Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario