Por el cual se adoptan disposiciones

Decreto · 1207 · 2021-10-05 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia) publica esta norma como «Declarado Inexequible» (consultado el 22/09/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 21–27 de 27

Artículo 16°

Mecanismos de Observación. Los mecanismos de observación estarán a cargo de las Misiones de Observaciones Electorales y/o Veedurías Electorales Ciudadanas, nacionales e internacionales acreditadas ante el Consejo Nacional Electoral de conformidad con el procedimiento previsto para ello.

Artículo 17°

Tribunales Electorales Transitorios de Paz. La autoridad electoral, tres (3) meses antes a las elecciones, pondrá en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz, los cuales velarán por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, verificarán el censo electoral de la respectiva circunscripción y atenderán las reclamaciones presentadas en relación con las mismas.

Artículo 18°

Orden público. Por razones de orden público, el presidente de la República podrá suspender la elección en cualquiera de los puestos de votación dentro de las 16 Circunscripciones Transitorias de Paz de las que trata el presente acto legislativo previo concepto del sistema de alertas tempranas por parte de la Defensoría del Pueblo, de la Procuraduría General de la Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas en Colombia. Una vez suspendidas se deberá proceder de conformidad con la regulación legal vigente.

Artículo 19°

Acceso a medios de comunicación. El Consejo Nacional Electoral reglamentará la asignación de espacios gratuitos en los medios de comunicación social regional que hagan uso del espacio electromagnético.

Artículo 20°

Apropiaciones presupuestales y marco de gasto. La Registraduría Nacional del Estado Civil, de conformidad con el parágrafo tercero del artículo transitorio 4 0 del Acto Legislativo 02 de 2021, apropiará los recursos para la organización del proceso electoral para las dieciséis (16) Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, creadas mediante dicho Acto Legislativo. La Registraduría Nacional del Estado Civil apropiará y ordenará el gasto con destino a las campañas que cumplan los requisitos establecidos por el Consejo Nacional Electoral, con el propósito de entregar el anticipo de que trata el artículo transitorio 8 0 del Acto Legislativo 02 de 2021. Respecto a las donaciones de las personas naturales y jurídicas privadas, estas ingresarán al Fondo Nacional de Financiación Política para lo cual el Ministerio de Hacienda suministrará el número de cuenta habilitadas para ello, el Consejo Nacional Electoral asignará autónomamente entre todos los candidatos los dineros recibidos de conformidad con lo consignado en el Acto Legislativo. DECRETO NÚMERO ________12_0_7__ o E 2O21 PÁGINA 14 Por el cU¿ll ~;r-: odQPf.an (k;P(),~ICiOfk¡S para la de ¡os representantes a lá CiHnara por lBS 16 CircunscripCiones Trar\si!onas E:;pecl;:¡les de Paz para los perí·6dos 2022-2026 y 2026·2030. en de:wrro!!o de: A.eto Legl~ílativ() 02 del ;25 de a~lQslo de 2021 La aplicación del presente decreto a!endf2rá las apropiaciones del Presupuesto General de la NaCl6n v!gente en cada entldJá y en lodo caso respetará el marco fiscal y de gasto de med!;::H\O pi320 del sector.

Artículo 21°

. PedagogEa y participación en torno a fa particípaci6n e/(Jcforal. El Milllsteno del Intenor estructurara una campatla pedagógica especíal en el marco de las de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz,

Artículo 22°

. Remisión normatíviJ. lo no prevIsto en el presente decreto yen el Atto legislativo 02 de 2021, se aplicarán las demás normas que regulan la materia PUBLloUESE y CÚMPLASE Dado en 80golo3 D e a los, Ministro de! Intenor, El t\i1lnístro de Justicia y del Derecho, 5 OCT 2021 DECRETO NÚMERO 1207 ------------------- DE 2021 PÁGINA 15 Por el cual se adoptan disposiciones para la elección de los representantes a la Cámara por las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para los períodos 2022-2026 y 2026-2030, en desarrollo del Acto legislativo 02 del 25 de agosto de 2021 -50CT 2021 El Ministro de Hacienda y Crédito Público, El Ministro de Defensa Nacional, W,2¿¿)­ RODOLFO ENRIQUE ZEA NAVARRO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la,~~0~lica, .....---- , "­ / dll;'. ~p ). VICTOH M La Directora del Departamento Administrativo para la ~ ._""../ I '\ '~~u:tU_~~Z RODRíGUEZ prosperidal~ocial' ..,-___5 -...,. -;.,. ""' -z e o ---- ... -;> t"'_ _ _-.--....,.. C3 SUSANA CORREA BaRRERO DECRETO NÚMERO 12 O7 DE 2021 ------------------- PÁGINA 16 Por el cual se adoptan disposiciones para la elección de los representantes a la Cámara por las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para los periodos 2022-2026 y 2026-2030, en desarrollo del Acto Legislativo 02 del 25 de agosto de 2021 El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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