Artículo quinto
de la parte resolutiva de la sentencia STC7641-2020 del 22 de septiembre de 2020, proferida por la Sala de Casación Civil de la honorable Corte Suprema de Justicia, radicado 11001 -22-03-000-2019-02527-02 , y CONSIDERANDO Que, conforme lo dispuesto en el artículo 2 de la Constitución Política, son fines del Estado "garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución ; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación" y "proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida , honra, bienes, creencias , y demás derechos y libertades", entre otros. Que el inciso segundo del artículo 2 de la Constitución Política dispone que "las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia , en su vida, honra, bienes, creencias , y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares" . • . o. .. .- • • • Que los artículos 20 y 37 de la Constitución Política, establecen los derechos de toda persona a la libertad de expresar y a difundir su pensamiento y opiniones, así como el de reunirse y manifestarse pública y pacíficamente, salvo las restricciones debidamente consagradas en la ley. Que el artículo 93 de la Constitución Política establece que "los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción , prevalecen en el orden interno" y además que la Corte Constitucional determinó, entre otras en las sentencias C-774 de 2001 y T-1319 de 2001 , que las obligaciones derivadas de tratados internacionales son normas de rango constitucional. Que la Ley Estatutaria 1712 de 2014 y la jurisprudencia constitucional se han referido al derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para ejercer y garantizar el derecho y las excepciones a la publicidad de información . En particular, el artículo 21 de dicha norma establece que: "( ... ) Las excepciones de acceso a la información contenidas en la presente ley no aplican en casos de violación de derechos humanos o -' -- ' -" -o .. k - "' .' . .- ~ r----------------------------------' .. ' DECRETO NÚMERO .' . 11. 9 O DE 2025 ----------------------- Página 2 de 10 Continuación del Decreto: "Por el cual se modifica el Decreto 003 de 2021 "Por el cual se expide el Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado "ESTATUTO DE REACCiÓN, USO Y VERIFICACiÓN DE LA FUERZA LEGíTIMA DEL ESTADO Y PROTECCiÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACIFICA CIUDADANA", se crea el Comité de Expertos Ad hoc para el esclarecimiento de violaciones a los derechos humanos ocurridas en contextos de protesta social y se dictan otras disposiciones" delitos de lesa humanidad, y en todo caso deberán protegerse los derechos de las víctimas de dichas violaciones" . .. :,. ... , .. , Que el derecho internacional de los derechos humanos y la jurisprudencia internacional han consolidado el derecho inalienable a la verdad de las víctimas, sus familias y la sociedad en general, como parte de la obligación estatal de investigar, esclarecer y reparar las violaciones graves a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. . Que los informes de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas y la Oficina del Alto Comisionado han reiterado que los mecanismos extrajudiciales son esenciales para esclarecer patrones de violaciones graves de derechos humanos, sus causas y consecuencias, y para prevenir la repetición de los hechos mediante recomendaciones , de reformas institucionales y políticas . ...:... .-.. .... ..:.. __ . _ ....t.... __ _ ":\ . ', • iI¡ .oo . ,, - . . , " '. . -, .. " , ', -'-....". - .. .. ,... ' -,... ~ , . . Que, en particular, la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en el marco de su informe "El Paro Nacional 2021: Lecciones aprendidas para el ejercicio del derecho de reunión pacífica en Colombia", recomendó al Estado colombiano: (i) impulsar medidas de reparación adecuada para :.. todas las víctimas de violaciones de derechos humanos y otros actos de violencia y , .~ abusos ocurridos en el marco de las protestas pacíficas del Paro Nacional; (ii) medidas ..::~..:~-- - ~ - - .colectivas de reconocimiento y memoria para las víctimas que contribuyan a la no !.~. • . repetición; y (iii) reforzar los espacios de diálogo regionales impulsados durante el Paro Nacional y respaldar su funcionamiento y la implementación de los acuerdos logrados en ,. . los mismos, desde el nivel nacional. , , • . # , j ,. o· Que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, luego de su visita de trabajo realizada del 8 al 10 de junio de 2021 en territorio nacional, emitió un informe que incorporó una serie de observaciones y recomendaciones frente al contexto de manifestaciones que comenzaron el 28 de abril de esa anualidad . En particular, la contenida en el párrafo 9 de dicho informe, establece que: "( .. . ) el Estado debe mantener " - , ~ . .- . ..., "'t '- 01 ', lo, J __ ! ..... . ., -·•, . . . . ". .,' " ..:~. - , -', . " ' I '* ~ .. _ . _J Página 3 de 10 Continuación del Decreto: "Por el cual se modifica el Decreto 003 de 2021 "Por el cual se expide el Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado "ESTATUTO DE ,REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGfTlMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACIFICA CIUDADANA", se crea el Comité de Expertos Ad hoc para el esclarecimiento de violaciones a los derechos humanos ocurridas en contextos de protesta social y se dictan otras disposiciones" _: '. ~ ~ ... .', ... :..... ~ . .. ~ •• 'lo . . ' ... _: ...",. 1. ..i. DE 2025 ----------------------- :'- ' .- ",' ..... ": DECRETO NÚMERO .... no . ". -"' " un registro de información consistente, actualizado y público, con participación de la ~' - ~' 'sociedad civil; así como transparencia sobre los criterios utilizados en las investigaciones ....:.... _.' -_: ,,- ,~~ - y sus avances respectivos. Adicionalmente, la Comisión señala que el manejo de ;. ,.". ". ::, .registros e hipótesis tan dispares sobre las personas fallecidas y lesionadas en el marco . .,';~ .:.:: :'. 'de las protestas genera un obstáculo en el acceso a la justicia de las personas que 'Y:"" :~''' ' ::= __ alegan ser víctimas de violaciones de derechos humanos. En cualquier escenario, la • ' : <;:'; dimensión de las cifras reflejadas en los distintos reportes, en términos de pérdidas de '" ' " '; " vidas humanas, resulta de extrema preocupación para la Comisión y la condena de manera enfática" . ~ • ~- ",- , ::r''. . ," . Que la Corte Suprema de Justicia, en sentencia STC7641-2020 de fecha 22 de septiembre de 2020, se pronunció respecto de múltiples acciones de tutela presentadas ~~ -~ en atención a varias actuaciones que implicaron un ejercicio excesivo del uso de la ~ ~ ,·. fuerzá por parte de algunos integrantes de la Fuerza Pública, en relación con los cuales · ·~; > ·~ : .·:"'·'..manifestó: "El presente asunto más que evidenciar una situación sistemática de violación , . " ' ,' . de las prerrogativas constitucionales por algunos agentes del ESMAD en el uso excesivo y desproporcional de la fuerza, trasciende negativamente a un contexto colectivo, pues mina la confianza de los ciudadanos hacia el actuar de la institución de la policía, , .. particularmente, cuando ésta, en defensa del orden público, se comporta desmedidamente y sin control en contra de las personas que ejercen los derechos de reunión y manifestación pública, pacífica y no violenta". ", ; • ' •• • • ~ : :. : • ' . ' . ~.. ;. : : • • o '1 . : ~'." ~ __ .- • ; ' l . > .. ·. Que, en la citada providencia, la Corte Suprema de Justicia evidencia la: "( ... ) necesidad -~ ...de recuperar,. y fortalecer la confianza de los ciudadanos colombianos en las instituciones, y en particular, de la Policía Nacional", estableciendo que para "( ... ) fomentar el grado de confianza institucional por los ciudadanos hacia la Policía Nacional, y en particular del ESMAD, deberán acudirse a indicadores tales como (i) la satisfacción . y percepción institucional; (ii) el desempeño de las instituciones; y (iii) la existencia y materialización de mecanismos de participación ciudadana." Que, en el numeral quinto de la parte resolutiva de la providencia referida, se indicó que, para el cumplimiento de lo allí señalado se debe, entre otras cosas, emitir un acto , administrativo contentivo de una reglamentación que recoja "las directrices señaladas por '. -: " '1; , '~ .Ia jurisprudencia de la Corte Constitucional, la Corte Interamericana de Derechos ,: ' ~ . .::: . ~ ,~ Humanos las recomendaciones de Naciones Unidas y las aquí señaladas, relacionadas · ~:;"; ' -:. -. :con la intervención y el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional y las Fuerzas ,; Militares, en manifestaciones y protestas". En particular, en dicho apartado se indicó que . .Ias medidas adoptadas debían hacer énfasis en "( ... ) conjurar, prevenir y sancionar la (i) , intervención sistemática, violenta y arbitraria de la fuerza pública en manifestaciones y protestas; (ii) "estigmatización" frente a quienes, sin violencia, salen a las calles a cuestionar, refutar y criticar las labores del gobierno; (iii) uso desproporcionado de la fuerza, armas letales y de químicos; (iv) detenciones ilegales y abusivas, tratos "inhumanos, crueles y degradantes; y (v) ataques contra la libertad de expresión y de ~: prensa". Que, para dar cumplimiento a lo ordenado en la citada providencia fue expedido "='_~ -,:, .el Decreto 003 de 2021 "Por el cual se expide el protocolo de acciones preventivas, é.. " ' , > ' . ... . , :. concomitantes y posteriores, denominado "Estatuto de Reacción, Uso y Verificación de la ::: '.... .' :~~ ._: Fuerza Legítima del Estado y Protección del Derecho a la Protesta Pacífica Ciudadana". :: ' ~" ".-. ~~ ":',:: El mencionado decreto fue producto de un ejercicio participativo en el que se recibieron ~~ ., ; ~~< ~ ,aportes de la ciudadanía en relación con las medidas que serían incorporadas al . .' articulado para dar cumplimiento a lo ordenado judicialmente. • , L _ :\ . ~ . : , :.. " ' y,,' _ . · _ ~ " L _ "_ '11" ' L . . . .. . "- -. . . : ~-- ,.' ." . . .- . ' ~----------------------------------------------------------------------~ ~ -::'... . .:- : ). I ~-'~ .. ':.. .:: . ,. - " ... , .. -.. ~ ~ ,' , ' :.~- . : ." ..... ................ ~' " • " _.- ::. 1( . : '" -..... .. 1." .: .'\1"'-, !" ;:' o : ';"' " O" ,_, . ' ~ ~. ~ ~ ,.~ .:::~ ~~----------------------------------------------------, : ~<: ~~: : ~:( l' n 1 O <: 'DECRETO NÚMERO _ _ _-_. ::; :" o; ~iC~ :,' ~ :" : ~~~~ • o .~~ .: ~ .... ~ ~ :.' .... . ' ,,'" .. -' ' o' , .. ,' : .:"' .. " • Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado "ESTATUTO DE REACCiÓN, USO Y VERIFICACiÓN DE LA FUERZA LEGíTIMA DEL ESTADO Y PROTECCiÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACIFICA CIUDADANA", se crea el Comité de Expertos Ad hoc para el esclarecimiento de violaciones a los derechos humanos ocurridas en contextos de protesta social y se dictan otras disposiciones" .' ., . . . : ~ontinuación del Decreto: "Por el cual se modifica el Decreto 003 de 2021 "Por el cual se expide el .. 'o'" '.' " 0 ~: : . . .. . : - '_.::.:- .. - --''-.::...:;. ' _ o Página 4 de 10 :. : ~ .. . . ..... ' .. ;, _,.1_ _ _ _ _ DE 2025 • ' ~.-. ,r • 1). • .. ... ~ . " ~ • ' ,':': ;'" ," , .:Que, conforme puede apreciarse en los considerandos 49 y 50 del Decreto 003 de 2021, ~: <.! ;,, :"':,,-"; >, ~".~; ' - : :~ ::-: T? :';, , durante la concertación de su contenido se propuso la inclusión de una "rendición de __:.::; -: ;:' _~:. :.:' cuentas del señor Presidente de la República ante la opinión pública cuando se : : ~,: ~ ; ~ ~ ; ,~ . 'presenten hechos relevantes de carácter nacional donde resulten lesionadas la vida e integridad de las personas por el uso de la fuerza", propuesta que fue rechazada por --:~ ~ :'> ~ , .. " : ~ : considerarse que "en lo que respecta al actuar de la Policía Nacional son los 'Gobernadores y Alcaldes como primeras autoridades de policía los competentes para .., .-; ' " >=0 ;"' -:, .dar explicaciones públicas sobre el desarrollo de la actividad de policía en su respectiva · ... . . -,. . .. . jurisdicción -artículo 42-", I • • ",;<-,' ' .1 o' .' , , h .. ' .. j . '-,..: . ) ' ; • ;-:.: " '. _~ _-_ , ~ ·.L _-.!.. ~:.: : ¡. _ . , - :, , ~ Que, a pesar de la expedición del Decreto 003 de 2021 y de la inclusión en su artículo 42 'de un mecanismo de explicaciones públicas por parte de los mandatarios ~ - ~ :, ~ '.:"> :.: departamentales y locales cuando se presente el uso de la fuerza institucional en .~ ;' o, ' - ~:.",~ "~. :.: : 'escenarios de protesta social, persisten importantes desafíos en la documentación integral de las violaciones a derechos humanos de quienes participaron en las protestas, ... - ..... '.' ~ así como un déficit en los instrumentos de rendición de cuentas de las autoridades civiles ~ con competencias relativas a la conservación y restablecimiento del orden público, el o' seguimiento y transparencia de los procesos disciplinarios, administrativos y penales ,relacionados . " ,- ., . l •• ,!_ ... :. o :. - " ~!" . ,, ; . 0' -, . " lo .... • ._ _ ' • " ... • r f' ' .-- ' . - .. _ • • • l ·· , 1. ... . :: - .. . - ', < -" ,. ' " - .. _~ ~ .. . ~ .- '". - , .. - . ~ . : - : - - ; - _ ...... - - : : o ' - Que, en ese orden de ideas, se advierte la necesidad de un mecanismo extrajudicial de ~ ',?"::~ ~ ~~ ~ :=: documentación, análisis y sistematización de violaciones a derechos humanos cometidas ~~o'~ :i: ~:,o_~'.: ,~: 'contra manifestantes y no manifestantes, así como de otras situaciones como agresiones ;.:. ':::~< ~ j ~~o ,contra servidores y servidoras públicas, Para ello, serán propiciados espacios de ,,: ". : ~:' ; ' :' ~ ~:. ~:' "escucha; de participación de las víctimas y sus procesos organizativos, para la ' . :.~ ,- ~, ~ , . ~ ~onstrucción de verdad y memoria, la reafirmación de la movilización y la protesta como mecanismo de participación y tutela de derechos; y formulación de garantías de no , o~ , repetición. ' o ' " , o r .. . . ~ .. .' - -. • ' , o _; 'L ' 1- : . ..- ' 0 . 00:; ' I ~ 0. - .. _ . -" , ~ :. : ~_ - o···... _ t ." :' I ~ ' ,o .. .-. - ""'":. : ~ " .~ • '. ." ".1 • .- ~ ',., ,. ~ ~~._.... . .;,. ...... . . - .. ' . ' .... -;~ '.-' ~~ ~ _: • . .. ; : '-"- ~;..- .; " ." ~ Que el Gobierno reconoce las iniciativas civiles para la recolección de información, ,documentación de casos y visibilización de las violaciones a derechos humanos y el uso excesivo, desproporcionado o injustificado de la fuerza en contextos de protesta social ,desarrolladas entre 2019 y 2021 Y hechos relacionados en todo el territorio nacional. ,Que, en ese contexto, más de 30 organizaciones de familiares y víctimas, medios ~ '~~ :.::: : '~/~- ~ .'- ':'" ::.: \ . . 'alternativos de comunicación y organizaciones defensoras de derechos humanos de ~ -: -:: ' ". . . . .. . diferentes lugares del país, conformaron iniciativas como "La Justicia es la Verdad en .~~~ :_ .. -- : ~ A;., : : . . .-. . . Acción" y "Desmontar el Montaje", quienes han impulsado la propuesta de instalación de una comisión de la verdad que analice a profundidad los hechos ocurridos durante el - . .... ... denominado Estallido Social entre 2019 y 2021 para dar cuenta de las dinámicas de .... . 'rO . , -';' _ : I~' • : ," . : :: J . ' ,~ , - , . ~ :- ... ,. _ -- · o.~ o • :- '- • ~ ' . ... ' o .. ': -~ :-o .. : __ .;. _:.. . ., ~ o ' __ ,,; ~~ _ , ----------------------------------_--1 L~ ~ • • : . ~.~~ . •• _ . .... j -:: . :.:. "!-: " represión del Estado, lo cual ..desde su perspectiva- conlleva al menos las siguientes ' r • ~- . _. ...... o . ' • -' ... . . .~ . . .: - : .. " . . .... ; - .... . "I ~ ~ . . . " '.. ~ ' .-; ' ..':' . . ......... . ~ _ _ . """ ~ ._ ., r"" . .-, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - , . - 1 i SO DE 2025 ----------------------- Página 5 de 10 - : .. " - ..; ....::.... .A... ~ 'DECRETO NÚMERO . .s.. ' . : • t . . :.~ : ,__ .- ~Continuación del Decreto: "Por el cual se modifica el Decreto 003 de 2021 "Por el cual se expide el . ; !' :.: . ' :Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado "ESTATUTO DE - < " . "" .r '_ _ ; _ _ : ' :';. _ • : ~-" . " .:-2. ' :.~ ~~ . , ~ ~ . REACCIÓN, USO y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGíTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN . . ¿ .:. .. DEL DERECHO A LA PROTESTA PACIFICA CIUDADANA", se crea el Comité de Expertos Ad hoc ;,: :~ ~< ~~ ;;,.,' :' -para el esclarecimiento de violaciones a los derechos humanos ocurridas en contextos de protesta : ~ ,;:: ._=-,<:.: .' ~ social y se dictan otras disposiciones" L"'''' .: -' ,.,' : ~ ' . .~ ~~ ~ , ~ ::: :': ~ actividades: a) contextualizar las lógicas de opresión y resistencia que se han dado en el ..• ~~: . ~ : , ;:.::~ ~ : ~país y específicamente aquellas que se manifestaron en el Estallido Social a nivel local, ,. ~: .: > ~ ~ : . ,regional y nacional, particularmente de las zonas marginalizadas, empobrecidas y .: ~~ :,'~ : _,~ .:. ~. _ ~xcluidas históri~amente ; b) indicar las diferentes formas de represión ejercidas por el Estado y sus niveles de responsabilidad , incluyendo las lógicas paramilitares ,evidenciadas en numerosas acciones; c) Dar cuenta de la responsabilidad de funcionarios del Estado, medios de comunicación y de la sociedad colombiana en ..~; .. ; ~ ~~ ~::'r ~ • • general, en la estigmatización de la protesta y los efectos de esta estigmatización sobre · "..:' -~ ~-: >': ' los niveles de violencia contra los manifestantes; d) reconocer, incentivar y apoyar las ~ - , ~ - ,-;', .. : diferentes formas que las víctimas y sus organizaciones han adoptado para exigir los : :,- '.' . ,:~ ' .. derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la memoria colectiva, (Comunicación de procesos sociales y comunitarios pertenecientes a la iniciativa "La Justicia es la Verdad , :', ' / :~: . ~~ : ~. ' en Acción" dirigida al Ministerio del Interior. Cali , 14 de agosto de 2025), <, , '. . , • "o; ' . . . · ,. . ., ::....- .:..-~ .-: ,,--..;.~ .- ~' .Que , en ese sentido , las labores del Comité de Expertos Ad Hoc que se crea por este ': ;: ' ~ ~. ~.:". .:. decreto pretenden brindar un aporte significativo en el camino para superar la impunidad ' . . ' o' ':. :. ", . ..'; " ' judicial y social, para que toda la sociedad conozca lo que sucedió entre 2019 y 2021 en , , ,::. ' : ~ " ~-:::: .. ,el marco del denominado Estallido Social y sirva para el avance de la administración de '; '~~:. - .'.'.'~-,,~:.. :" ' justicia contra los responsables de los hechos de violaciones a derechos humanos , en ; -~~~ : . > ,~-" . , . ; . :. , : ' todos sus niveles , - ......~ -'. . ,:.': ~~ ,:.' . '<' :~ ~ . ,. Que, de igual forma, este Comité de Expertos Ad Hoc propenderá por la no estigmatización y no criminalización del derecho a la protesta social y por el .... ;' ,:-. ..... "reconocimiento de las violaciones a derechos humanos en contra de manifestantes y no , . • , ' . . • <.,: ,_ : manifestantes que, desde sus proyectos de vida individuales y comunitarios , contribuyen ~ : '~ :; ' ~:: ~- " a la transformaCión de las condiciones de exclusión y marginalidad social presentes en .~ . ,sus territorios, " ;' '' : _ ., J ' r .. ' ~ : ;~~ ~:: : . -; ." '-: ~ ~ •.'!~ - , ~ .... , ~ -... . ' ~-:. ~ , -o :-:. Que la creación del Cornité de Expertos Ad hoc dispuesta en el presente decreto encuentra fundamento en el cumplimiento de la orden impartida por la sentencia , . . .. . -- . . ;- , ;. STC7641-2020 de la Corte Suprema de Justicia y en lo dispuesto por el Decreto 003 de 2021, particularmente en el Capítulo IV, referente a las acciones posteriores , . ' ,~ ~- ~ : ':" ..:~ .. ~: ...... . . . . ~. #. ' • ' .Que la delimitación temporal entre 2019 y 2021 responde a la necesidad de abordar los :" , , ~'. ;' :,~~ ~'" . , " hechos que motivaron la sentencia STC7641-2020 de la Corte Suprema de Justicia, • ,~~~ ", ,~ ~ .~'; . ~ , '.dictada por graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en las protestas de :: .~.:: ~ ,~~~ : ~ , .2019 y hechos sobrevinientes en el 2020 que devinieron en la expedición del Decreto ~ " ".'~ .003 de 2021 como protocolo de reacción, uso y verificación de la fuerza estatal. No · ,. , -" ,: >':: ~;:-:- obstante, como se ha indicado, la continuidad de violaciones a los derechos humanos en • • .::~ ~. ~ ':' '::.. c• . ~ Ias movilizaciones posteriores del año 2021 justifica que el Comité de Expertos Ad hoc '! ~ • ':' : . ~ documente, analice y sistematice las prácticas desarrolladas en este periodo conjunto , · ,; ~:' ~ ' :~: ;. ~ ~ '::" " con el fin de fortalecer las garantías para el ejercicio legítimo de la protesta social y ' ~, 'r, ~ .':;-.: ' ,':~: ' 0 ;• prevenir la repetición de hechos similares, ._~ • . ' ,0 ' • '.' 4 :::' ... ."'-'" : . . .. .:. , > ;:.~ ~ ' ¡. ' ~. :~ .; "" , _ :'Que la propuesta de adicionar el Decreto 003 de 2021 fue socializada en el marco de la . ~ - '~,". ~ ' Mesa Nacional de Evaluación de las Garantías para las manifestaciones públicas que ~.~> :sesionó el 30 de agosto de 2025 en la ciudad de Medellin , Se considera que esta , . ~-:-: ::- ~~':: : ~. modificación al decreto 003 permitirá alcanzar el objetivo final, relacionado a la emisión · .: ~~ ' ,' ~ ?~'~'~~::" 'de un informe por parte de un Comité de Expertos Ad hoc que documente y analice las ~,~ .•. ~~; :;-,: ;:~ ,prácticas de com portamiento derivadas en violaciones a los derechos humanos -: ~ .: .~-:~,:~ ' desarrolladas entre 2019-2021 en contextos de protesta social. Dicho comité deberá '---:-. : " :;: , ,~ ,, '. ~ ~.': .4.: ;., .... _.: ..::: ......~ .•- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -....... ¡ " - ... .. ~ ~ '~"; :-- ~ . ' '""_ . . . .- ., .. , •. ' o - .. .... -.. ' . .- .. .- : . . .._. -: " ~ ... " .--".. .:.-- :.!'I,.. .. , : ... . Jo- 'o :-: .. '; :• • _" _ _ __ ..:::.. . ::l....~ ~- -, - .~ , .#. "- .. '. ' ~!" - ! ~ - ..........:...... _ • .• - . "" "0, ... .' 0.. . , . ' ':'c." ..: :' _ _ _- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - , ::" . .~ '" ; : ~~?:e: . l_J._S_'0_ ____ DE 2025 DECRETO NÚMERO _ _ _ Página 6 de 10 Continuación del Decreto: "Por el cual se modifica el Decreto 003 de 2021 "Por el cual se expide el ', Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado "ESTA TUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGíTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHOA LA PROTESTA PACIFICA CIUDADANA", se crea el Comité de Expertos Ad hoc ~ ~-: , ~ ::: ; ,: . : ; para el esclarecimiento de violaciones a los derechos humanos ocurridas en contextos de protesta ~ , :',:~ ,~~o o ~ ~~': ~,. social y se dictan otras disposiciones" .:- <. jo • , ": . _:: .: . •: . ~ . - J '" ~ - - _ .. ."• . .. .. " ~.> : ~ ~ ~~:.. ~ ~ " .' ... ..~ .' .. " • '" .J • ';0: . <; . - .. ..... '. ' .' .-' . . abordar los patrones de violencia estatal en contra de quienes ejercen el derecho a la protesta social , prestando especial atención al contexto sociopolitico y las condiciones que propiciaron las movilizaciones, así como las afectaciones a las personas manifestantes, no manifestantes y a la sociedad , .. l . . .... _ .""": ' ..... ~ :;~. ~: .:;.: :" ... ~ , Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia para expedir una , : . ' :"0 ,: " "" . . , '; 1: . :>~' ':reglamentación sobre la materia , este proceso debería realizarse con la participación ~ .~~:~: .~:"' airecta de la ciudadanía, se tuvieron cuatro sesiones con organizaciones sociales, así ·· , . .: .;,.. ;.. :•.-:', ~ como partícipes e intervinientes interesados en el Decreto 003 de 2021, quienes :.. :,;" . ~.::. , .:;: ,o: ,: : ·. ":t'~ .:: manifestaron su acuerdo con la adición del articulado tendiente a impulsar una instancia - ';;:;. .. ; : ~_> ::.,.~: ~ de documentación de los hechos acontecidos entre 2019 y 2021; sin embargo, luego de : : :~ ~, >, . : ~; ; .: efectuadas las jornadas de concertación, se mantuvieron los siguientes disensos: ~- ~: . ~- . .. '. - . . ~ ~ ~ -'" ~'.' " .;, : ;.; ...; ~.: ::~: 'o 1. Manifestaron la inconformidad con el tiempo asignado, así como a los escasos recursos humanos y financieros destinados para el logro de los propósitos, el .' . ..: :'. " ,: < c.; '" "cumplimiento de los objetivos y el buen desarrollo de las labores asignadas al Comité de . : . ... .. : .. ~: -.0: ''(" _ .- . . - ~.' ,. ' . Expertos. En particular, se hizo referencia a que los espacios de escucha y participación "'o_':_'.:' ~~ ~~.~ ~~ -previstosno cuel1tan con la suficiente apropiación de recursos , por lo que cualquier incumplimiento de éstas no puede atribuirse a la responsabilidad del mecanismo o a sus .integrantes, . ~, : ': ' ~ :, • , _ -: ' _ 0 " ; ~ .;:: ~:;:..: > : Que el Comité de Expertos Ad hoc que se crea por medio del presente decreto constituye un mecanismo transitorio , extrajudicial, legítimo y necesario, orientado a la -- ~:-' " '~ . ; ~:> •• documentación, análisis y sistematización de las violaciones a derechos humanos que ": ~ ; ::' ::'.:,~ :,0 hayan afectado a quienes participaron en las protestas, así como de terceros , ' . , ": ~ . j"~ ~ : .. . ~ -:. : ' · . ~ ; . , ,~ :~: :'2:: ~~~ 'Que la labor de dicho Comité de Expertos Ad hoc se materializará en la producción de , ' . ~,~. ~ .::: :'"~ informes y documentación técnica para la formulación de recomendaciones dirigidas al ._. ;o ~ o'presidente de la República y a la Mesa Nacional de Evaluación de las Garantías para las " .; . ;';' ;_: ~ :-. manifestaciones públicas , con el propósito de fortalecer las condiciones para el libre ,~' :- ::: ~-~~ 'ejercicio del derecho a la protesta social. -:7:': .: ;,, ::. ~ ,- - ' ; - . . ';¡.. J _ . ' ,> \> :- ~ .... .' , _ • : : .',,:.; ;~ ;~ .• ~. 'Que, en virtud de lo anterior y en atención al mandato de la Corte Suprema de Justicia : :~~, ~ , ~: :~:-.~ " .de conjurar, prevenir y sancionar la intervención sistemática, violenta y arbitraria de la , ~ : .~ ,: : --: --, " ,., ',' fuerza pública, así como otras conductas lesivas en el contexto de la protesta social , se , • • j;' ,,' . :~: o estima necesario adicionar el Decreto 003 de 2021 para crear un Comité de Expertos Ad .'! •• : ,' ~ .:> o;": "hoc. Este Comité tendrá como objetivo documentar y sistematizar las presuntas ;.:-. . , :.~.<: :.' , violaciones a los derechos humanos desarrolladas entre 2019 y 2021 , teniendo en :.:.....::: : ~:~~ :<~ .cuent~ antecedentes históricos de violencias , analizando así las demandas que • ;' '. ", .:.-: ;:" , originaron las manifestaciones y evaluando los avances en los procesos disciplinarios, • " ' t ' ..; .. .: :' : ~~: administrativos y penales relacionados , con el fin de entregar un informe, tanto al :~ ::~'~ ' ; : · ·:,.;·~ ~' · presidente de la República como a la Mesa Nacional de Evaluación de las Garantías '. .':.'!:, .; . ~ ,,;,<.:.. :.~ _ para las manifestaciones públicas que contenga recomendaciones para mejorar el - " , ' ' ;' .; :;,<' protocolo existente y otras medidas administrativas, y prácticas institucionales que contribuyan a garantizar el derecho fundamental a la movilización pública y pacífica . ,. ~--, ". ' ." .. " . . .~ :-:. ;' ;, ', ~,' '. • .. :: , ~lu ~• • - #' .-. .. .. : . _ ' ..: . . . " '''1 • En mérito de lo expuesto, ..... , ., ' .. •• :;,.._~..: :.- _. =---:A. :;---:' :..:~ _~ , . !" .. . . DECRETA ,