Por el cual se adoptan medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el

Decreto · 116 · 2025-01-30 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
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La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1°

Objeto. Adoptar medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del estado de conmoción interior, declarado en la región del Catatumbo, ubicada en el nororiente del departamento de Norte de Santander, la cual está conformada por los municipios de Ocaña, Ábrego, El Cármen, Convención, Teorama, San. Calixto, Hacarí, La Playa, El Tarra, Tibú y Sardinata, y los territorios indígenas de los resguardos Motilón Barí y Catalaura La Gabarra, así como en el área metropolitana de CIJCuta, que incluye al municipio de Cúcuta, capital departamental y núcleo del área, y a los municipios de Villa del Rosario, Los Patios, El Zulia, San Cayetano y Puerto Santander y los municipios de río de Oro y González del departamento del Cesar, con el propósito de velar por el aprovechamiento y explotación sostenible de los recursos naturales renovables.

Artículo 2°

Suspensión de trámites. Suspender el trámite de otorgamiento de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones que se encuentren en curso o para nuevos proyectos, obras o actividades en los municipios de Ocaña, Ábrego, El Cármen, Convención, Teorama, San. Calixto, Hacarí, La Playa, El Tarra, Tibú y Sardinata, y los territorios indígenas de los resguardos Motilón Barí y Catalaura La Gabarra, con ocasión de la declaratoria de estado de conmoción interior, hasta tanto se definan las condiciones ambientales en que se encuentran los áreas protegidas y ecosistemas desde una visión regional. Esta suspensión no opera para el desarrollo de obras o actividades orientados al restablecimiento de condiciones orden ecológico, económico y social de la región del Catatumba.

Parágrafo 1. Finalizado el estado de excepción, las autoridades ambientales con competencia en la región del Catatumbo tendrán tres (3) meses para establecer las condiciones ambientales actuales de la región.
Parágrafo 2. Vencido el período del parágrafo anterior se re~stablecen o reanudarán los trámites de solicitudes para el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones o concesiones para nuevos proyectos obras o actividades en la región del Catatumbo, respetando el debido proceso de los solicitantes.

Artículo 3°

Procedimiento abreviado de trámites ambientales para obras o actividades con fines de restablecimiento de las condiciones de orden ecológico económico y social. A efectos de restablecer las condiciones de orden ecológico, económico y social en la región· del Catatumbo, ubicada en el nororiente del departamento de Norte de Santander, la cual está conformada por los municipios de Ocaña, Ábrego, El Cármen, Convención, Teorama, San. Calixto, Hacarí, La Playa, El Tarra, Tibú y Sardinata, y los territorios indígenas de los resguardos Motilón Barí y Catalaura La Gabarra, así como en el área metropolitana de Cúcuta, que incluye al DECRETO NÚMERO 011 G de 2025 Hoja N°. 11 "Por el cual se adoptan medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del Estado conmoción interior en el en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar" municipio de Cúcuta, capital departamental y núcleo del área, ya los municipios de Villa del Rosario, Los Patios, El Zulia, San Cayetano y Puerto Santander, y evitar la extensión de los efectos de la perturbación, en el caso de proyectos, obras o actividades que tengan por objeto el restablecimiento de las condiciones y que requieran de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones ambientales, los trámites ambientales se reducirán a una tercera parte en lo que corresponde a la etapa del procedimiento administrativo a cargo de las autoridades ambientales competentes, garantizando los términos de ley para la publicidad y contradicción de las actuaciones administrativas y en ningún caso se reducirán los estándares de control y manejo del recurso natural. Parágrafo. Las autoridades ambientales con competencia en los trámites de que trata el presente artículo, en ausencia de información técnica suficiente para decidir, podrán apoyarse en la información disponible del Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Sistema Nacional Ambiental o requerir su apoyo.

Artículo 4°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado a los 30 ENE 2025 DECRETO NÚMERO 011 G de 2025 Hoja N°, 12 "Por el cual se adoptan medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del Estado conmoción interior en el en la regió el Cata tumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro X onzále del departamento del Cesar 11 30 ENE 2025 EL MINISTRO DEL INTERIOR, CRISTO BUSTOS LA DIRECTOR TÉCNICO DE LA DIRECCiÓN bE ASUNTOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y AMBIENTALES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES, ~. c:..e-C0'';'~ ~~~ . ADRIANA DEL ROSAR~MENDOZA AGUDELO EL MINISTRO'DE HACIENDA y CRÉDITO PÚBLICO, ~ EVARA CASTAÑEDA DIEGO AL'-Nru....... LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, -::;;i!!:W>t~~?C. IVÁN VELÁSQUEZ GÓMEZ LA MINISTRA DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL, tff MARTHA VIVIANA CARVAJALlNO VILLEGAS i DECRETO NÚMERO - 011 G de 2025 Hoja N°. 13 "Por el cual se adoptan medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del Estado conmoción interior en el en la región del Cata tumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar" 30 ENE 2025 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SO ,~1lkl"V JARAMILLO MARTíNEZ LA MINISTRA DE TRABAJO, ~ ~ ~AIAA~ \\h GLORIA INÉS RA~i;E~-~OS EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGIA, OMA NDRÉS CAMACHO MORALES EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, ~c~ ~S CARLOS REYES HERNÁNDEZ EL MINISTRO DE EDUCACiÓN NACIONAL, JOSÉ DANIEL ROJAS MEDELLíN DECRETO NÚIVlERO 0116 de 2025 Hoja N°, 14 "Por el cual se adoptan medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del Estado conmoción interior en el en la región del Gatatumbo, los municipios del área metropolitana de Gúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Gesar " LA MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, 30ENE 2025 l,\~~\~ +~~ HELGA MARíA RIVAS ARDJLA EL VICEMINISTRO DE TRANSFORMACiÓN DIGITAL DEL MINISTERIO DE TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, ENCARGADO DEL EMPLEO DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, 1~5/1 BELFOR FABIO GARCíA HENAO LA SUBDIRECTORA GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL, ENCARGADA DEL EMPLEO DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE ORTE, NTILLA EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES, JUAN DAVID CORREA ULLOA LA MINISTRADEL DEPORTE, DECRETO NÚMERO 011 G de 2025 Hoja N°. 15 "Por el cual se adoptan medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del Estado conmoción interior en el en la región del Cata tumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Rlo de Oro y González del d3'rl e 'EÑCe' 2.025 Ó EL ..JEFE DE LA OFICINA ASESORA JURíDICA DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGíA E INNOVACiÓN, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA IVIINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGíA E INNOVACiÓN, O~ OCTAVIO HERNANDO S NDOVAL ROZO LA MINISTRA DE IGUALDAD Y EQUIDAD, ¡J ~~¡Y~2 FRANCIA ELENA MÁRQUEZ MINA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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