Por el cual se integran disposiciones en cuanto a la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN)".

Decreto · 1115 · 2014-06-17 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Objeto. El presente decreto tiene por objeto armonizar las disposiciones vigentes, en relación con la integración y secretaria técnica de la Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional - CISAN. e MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL + === do pe DECRETO NÚMERO -— 1115 DE 2014 HOJA No 2 de 4

Artículo 2

Integración. La Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional - CISAN, estará conformada por los siguientes funcionarios: 1. Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado 2. Ministro de Salud y Protección Social o su delegado 3. Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado 4. Ministro de Educación Nacional o su delegado 5. Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado 6. Ministro de Vivienda Ciudad y Territorio o su delegado 7. Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado 8. Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF o su delegado 9. Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social -DPS o su delegado 10. Gerente del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -INCODER o su delegado 11.Un miembro de la Asociación Colombiana de Facultades de Nutrición, designado por su Junta Directiva Parágrafo 1.- La Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional - CISAN-, estará presidida de manera rotativa por los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural y de Salud y Protección Social, para periodos de dos (2) años. Parágrafo 2.- La Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional - CISAN-, en aras del cumplimiento de sus objetivos y funciones, podrá invitar a los funcionarios, representantes de las entidades, expertos, académicos y demás personas cuyo aporte, estime, pueda ser de utilidad para los fines encomendados a la misma.

Artículo 3

Secretaría Técnica. La Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional — CISAN, contará con una secretaría técnica encargada de articular las políticas, iniciativas y acciones técnicas que surjan en la Comisión, entre ésta y las entidades que la integran. Parágrafo 1”. La Secretaría Técnica de la Comisión será ejercida de manera rotativa por quien ésta determine, para periodos de dos (2) años, que podrán ser prorrogados. Para el primer periodo a partir de la publicación del presente decreto, la secretaría técnica estará a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. Parágrafo 2”. La Secretaría Técnica convocará grupos de profesionales delegados de las entidades que hacen parte de la Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional -CISAN- con los cuales se integrarán equipos técnicos encargados de apoyar a la Comisión, gestionar sus decisiones y llevar propuestas a la misma. A AS DECRETO NÚMERO 1115 DE 2014 HOJA No 3de4

Artículo 4

Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y subroga los artículos 2 y 4 del Decreto 2055 de 2009.

Artículo ANEXO

RUBÉN DARÍO LIZARRALDE MONTOYA INISTRO DE AGRIGULTURA Y DESARROLLO RURAL ALEJANDRO GAVIRIA URIBE MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Y ANTIAGO ROJAS A NISTRO DE COM 10, INDUSTRIA Y TURISMO lana: ala] MARÍA FERNANDf/CAMPO SAAVEDRA |, MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL pr DECRETO NÚMERO 1115 DE 2014 HOJA No 4 de 4 LUZ HELENA SARMIENTO VILLAMIZAR MINISTRA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE LUÍS FELIPE AO CARDONA MINISTRO DÉ VIVIENDA, CIUDADY TERRITORIO TATIANA MARÍA OROZCO DE LA CRUZ ] DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN Call GABRIEL VALL LÓPEZ DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-por-tematica-minsalud-2014.zip · hoja Decretos · fila 14), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

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