Artículo 7°
del Decreto 210 2003, una de las por cuanto en virtud del numeral 4 la coordinación del del Ministro de Comercio, Industria y Turismo es el clima para la tanto nacional como en el país, la competitividad y servicios colombianos. de Industria y Turismo y al Industria y Turismo, así como su experiencia institucional y especializados en de facilitación de la inversión extranjera directa, el del Ministro es la dependencia encargada para las solicitudes de que exceden las competencias de alguno de los organismos y entidades la Rama Ejecutiva y que una articulación institucional. la Ventanilla Única Directa o SIED, resulta v""""-"" modificaciones a la normatividad en Decreto 1074 Decreto Único Reglamentario Comercio, Industria y Turismo. Que el presente acto administrativo fue publicado en la página web y Turismo, en cumplimiento lo dispuesto el numeral 8 Procedimiento Administrativo y de lo Administrativo y Decreto 1081 de 2015, Decreto Único del Sector Ministerio de Comercio,