Por el cual se adiciona el parágrafo 4 al artículo 1.6.1.13.2.15. de la Sección 2 del

Decreto · 1101 · 2019-06-19 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

Adición del parágrafo 4 al artículo 1.6.1.13.2.15. de la Sección 2 Capítulo 13 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 1.6.1.13.2.15. de la Sección 2 Capítulo 13 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así : "Parágrafo 4. Las personas naturales y sucesiones ilíquidas de que trata el presente artículo, que a treinta y uno (31) de diciembre del 2018 pertenecen a la Direccion Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio tendrán plazo para pagar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2018, hasta el treinta (30) de diciembre del 2019." ~ /1 DECRETO 1101 DE Página 3 de 3 Decreto" Por el cual se adiciona el parágrafo 4 al artículo 1.6. 1. 13.2. 15. de la Sección 6 Libro 1 del Decreto 1625 de Único Reglamentario en 2 del Capítulo 13 Título 1 Materia Tributaria.". Continuación

Artículo 2°

Vigencia. presente decreto a partir de la fecha su publicación, y adiciona parágrafo 4 al artículo 1.6.1.13.2.1 de la Sección 2 del Capítulo 13 Título 1 Parte 6 Libro 1 del Decreto 1625 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 19 JUN201 / EL VICEMINISTRO GENERAL DEL MINISTERIO DE IENDA Y PÚ CO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTERIO DA y CRÉDITO PÚBLICO HACI

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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