Por el cual se fija la proporción en que debe distribuirse el Impuesto de Industria y

Decreto · 1097 · 2018-06-28 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

Fíjese la siguiente proporción en que debe distribuirse el Impuesto de Industria y Comercio - ICA, entre los municipios afectados por las obras de captación, túnel de conducción, almenara y casa de máquinas de la Pequeña Central Hidroeléctrica El Molino, el cual deberá ser cancelado por la empresa PCHS LOS MOLINOS S.A.S. E.S.P., así: Municipios Área (Hectáreas) Factor de Proporcionalidad Equivalente en kW Granada 0.590 2.903 16.90 83.10 11.520 11.520 3.493 100% 23.040 Cocorná TOTAL

Artículo 2°

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., 28J N2018 Ministro de M nas y Energía

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma