Por el cual se designan unos expertos en la Comisión de Antigüedades Náufragas".

Decreto · 1092 · 2016-07-11 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 189°

, numeral 13 de la Constitución Política, la Ley 397 de 1997, en concordancia con lo establecido en el Decreto 29 de 1984, y CONSIDERANDO Que la Comisión de Antigüedades Náufragas fue creada por medio del Decreto 29 de 1984. Que el Decreto 498 de 2011 por el cual se modificó el Decreto 29 de 1984, establece que la Comisión de Antigüedades Náufragas estará conformada, entre otros, por cinco (5) expertos designados por el Presidente de la República. Que se hace necesario designar dos (2) expertos de dicha Comisión. DECRETA

Artículo 1°

. Desígnense como expertos de la Comisión de Antigüedades Náufragas a los doctores JUAN CARLOS HENAO, identificado con [documento omitido] en reemplazo de German Montoya Velez y CARLOS URRUTIA VALENZUELA, identificado con [documento omitido], en reemplazo de Juan Manuel Prieto Montoya.

Artículo 2°

. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los LA MINISTRA DE CULTURA MARIANA GARCÉS CÓRDOBA

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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