Por el cual se modifica el Decreto 1049 del 7 de octubre de 2025

Decreto · 1055 · 2025-10-09 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 10°

• Modifíquese el segundo considerando del Decreto 1049 del7 de octubre de 2025, el cual quedará así: -Que el regreso a Colombia será el día 11 de octubre de 2025"\nArtículo 20°. • Las demás disposiciones contenidas en el Decreto 1049 del 7 de octubre de 2025, continúan vigentes.

Artículo 30°

• El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUSLiQUESE y CÚMPLASE . ,' c:sDg OeT 2025 Dado en Bruseías - Bélgica. a los

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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