Por medio del cual se adiciona el capítulo 8, al Título 2, Parte 3 del Libro 2 del

Decreto · 103 · 2025-01-28 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–9 de 9

Artículo 2°

del Convenio 169 de la OIT, aprobado por la Ley 21 de 1 , que "1. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto su integridad", Adicionalmente, el articulo en cita que "Esta acción deberá incluir medidas: a) Que a los miembros dichos pueblos gozar, en pie igualdad, de los y oportunidades la legislación población; b) promuevan la plena nacional otorga a los demás miembros efectividad derechos sociales, económicos y culturales esos pueblos, respetando su social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones; c) ayuden a los miembros de los pueblos interesados a eliminar las diferencias socioeconómicas que puedan existir entre los miembros indígenas y los demás miembros de la comunidad nacional, de una manera compatible con sus aspiraciones y formas de vida". Que el artículo del mencionado al derecho fundamental a la consulta previa los pueblos étnicos "Artículo 6°, 1. Al aplicar las disposiciones presente Convenio, deberán: a) Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus representativas, vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; b) Establecer medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar por lo menos en la misma medida que otros sectores la población, ya todos niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y administrativos y índole responsables de políticas y conciernan; c) los medios desarrollo las instituciones e iniciativas de esos y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios Las consultas a cabo en aplicación de este Convenio efectuarse de buena y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las propuestas", Que el artículo la Ley 1437 de 2011, de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, señala: "CONSULTA OBLIGA Cuando la Constitución o la ley ordenen la realización una consulta previa a la adopción de una decisión administrativa, dicha deberá realizarse dentro de los --O.a.03 NÚMERO _ _ _ _ _ _ _ _ _ DE 2025 PÁGINA 3 DE 7 Continuación del Decreto "Por medio del cual se adiciona el capítulo 8, al Título 2, Parle 3 del Libro 2 del de Armonización para la y Decreto 1081 dé 2015 Y se adopta el Programa Reincorporación Social y Económica con Enfoque y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombíanas, Raizafes y Palenqueras" y se dictan otras disposiciones" términos señalados en normas respectivas, so a adoptar'. que se de nulidad de la decisión Que Estado colombiano y entonces Armadas Revolucionarias de Colombia - Ejército del Pueblo (FARC-EP), suscribieron Acuerdo Final para la Terminación Conflicto y la Construcción de una Estable y radera (en adelante Acuerdo Final Paz), el de noviembre de 2016. Que Estado colombiano ha venido implementando la Política Nacional de Reintegración y Económica para y Grupos Armados Ilegales, adoptada mediante el documento CON de diciembre 1 de 2008, como un plan de Estado y de sociedad con visión de largo plazo, orientado a promover incorporación efectiva desmovilizado con voluntad de paz y su familia a las redes sociales del ya las comunidades receptoras. de acuerdo con los estándares en materia de Desarme, Desmovilización y Reintegración -DDR- fijados por la Secretaría de la ONU (Secretario General ONU. - mayo 2005. Integrados de DDR (IDDRS). Nota a la asamblea General, AlC.5/59/31. ONU), la Reintegración es el proceso social y económico mediante cual los excombatientes adquieren estatus de civiles y consiguen un empleo o una fuente de sostenibles, con un marco abierto que se produce en las comunidades Por su la Reincorporación es modelo de proceso reintegración específicamente adoptado para los exintegrantes de las FARC-EP que dejaron las armas tras la firma del Acuerdo Final Paz, dirigido a generar capacidades en sujetos y colectivos en proceso de reincorporación económica y comunitaria orientadas hacia el alcance del buen vivir y la construcción de establece salvaguardas Que el Capítulo Étnico del Acuerdo Final de sustanciales para su interpretación e implementación, entre las cuales se definió que: se respetará carácter principal y no subsidiario de la consulta previa libre e informada y el derecho a la objeción cultural como garantía de no repetición, siempre que procedan; b) la de implementación los acuerdos, en lo que concierne a los pueblos étnicos, se cumplir garantizando derecho a la consulta previa, libre e informada respetando los estándares constitucionales e internacionales; c) se incorporará un enfoque transversal étnico, de género, mujer, familia y generación; y d) en ningún caso, la implementación los acuerdos irá en detrimento de derechos los pueblos étnicos. Que en el literal e) del numeral 6.2.3. "Salvaguardas y Garantías" del Acuerdo Final, en de la reincorporación con enfoque diferencial étnico se estableció: concertará con las organizaciones representativas de los pueblos étnicos un programa especial de armonización para la reincorporación de los desvinculados pertenecientes a dichos que opten por regresar a sus comunidades, para garantizar restablecimiento de la armonía territorial. concertará una estrategia pedagógica y comunicativa de difusión de los principios de no discriminación racial y las mujeres, jóvenes y desvinculadas del conflicto". -0103 DECRETO NÚMERO _ _ _ _ _ _ _ __ 2025 PÁGINA 4 DE 7 Continuación del Decreto "Por medio del cual se adiciona el capitulo 8, al Título 2, Parle 3 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015 y se adopta el Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras" y se dictan otras disposiciones" para el logro los objetivos contemplados en Punto 3 del Acuerdo Final de sobre Fin del Conflicto con un para pueblos y comunidades étnicas, el Marco de Implementación (PMI) señala la importancia de U(.) contar con medidas que permitan: (1) el desarrollo de un programa de armonización para la reintegración y reincorporación social y económica con enfoque diferencial étnico y género concertado" a través del documento 3931 del 22 junio de 2018, se estableció Política Nacional la Reincorporación Social y Económica (PN de exintegrantes Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP), instrumento que respecto al enfoque diferenciado étnico "La también tendrá en cuenta en su implementación enfoque que permiten un trato que consiste en el conjunto de medidas y que se reconocen como pertenecientes a un grupo diferenciado a las el acceso a las oportunidades ofrecidas por el proceso en aras de reincorporación en condiciones de equidad, al igual que el restablecimiento de los derechos de sus familias y el grupo étnico al que pertenecen". Que adicionalmente, CONPES 3931 de 2018 determinó que "a partir primer "'«.UTU"H:Trc de 2019, ARN, en coordinación con el Ministerio del Interior y las autoridades y de los grupos étnicos, construirán y consultarán de organizaciones y autoridades de los pueblos manera conjunta y participativa con y grupos étnicos los instrumentos normativos para adoptar el programa de armonización para reincorporación social y económica con enfoque diferencial étnico y de género". Negras, Afrocolombianas, y los de armonización para volver a territorios deben al fortalecimiento del tejido social en los territorios, la soHdaridad, su relación con la , la forma como se conciben los recursos naturales y del ambiente, en cuanto a su importancia la vida en planeta, la comunitaria y la reconciliación armónica entre quienes territorios, como fundamento a sus dinámicas comunitarias. Programa Especial de Armonización para las personas en proceso de étnica reincorporación o en proceso de reintegración con afrocolombiana, raizal y palenquera, sus familias y sus comunidades de receptoras, busca garantizar acciones diferenciales en el marco los a la diversidad étnica y cultural, a la y la no discriminación reconocidos constituciona Imente. Que 6 al 9 de diciembre de 2022, se inició la etapa de consulta previa de trata

Artículo 6°

del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, aprobado mediante la de 1991, donde se acordó la ruta metodológica en virtud la Consulta Previa libre e informada del Especial Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque y de para Comunidades Negras, Afrocolombianas, y entre el Nacional Consulta Previa (ENCP) y la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN). DECRETO NÚMERO _ _ _ _ _ _ _ __ 2025 PÁGINA 5 DE 7 Continuación del Decreto "Por medio del cual se adiciona el capitulo 81 al TItulo 21 Parte 3 del Libro 2 del Especial de Armonización para la Reintegración y Decreto 1081 de 2015 y se adopta el Reincorporación Social y Económica con ~tnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras" y se dictan otras disposiciones" Que mediante "Acta V Sesión Espacio Nacional de Consulta Previa -ENCP -ETAPA DE CONCERTACIÓN Y PROTOCOLIZACIÓN DEL "PROGRAMA ARMONIZACIÓN PARA LA REINTEGRACIÓN Y REINCORPORACIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA, CON ENFOQUE Y Y SU INSTRUMENTO NORMA TIVO PARA COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES y PALENQ UERA S", suscrita 26 de de se protocolizó, como resultado del proceso de consulta previa, el contenido del Programa Especial Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras y, el Decreto. la Ley 1 2011 Que en cumplimiento de lo previsto en los artículos 3° y 8° Y de lo dispuesto en

Artículo 2.1

1.14 del Decreto Único Reglamentario del Sector de la Presidencia de la República 1081 de 201 el proyecto Decreto fue publicado en la página web del Departamento Administrativo Presidencia República desde el día de enero de 2024, hasta día 8 de febrero de 2024. Al respecto, no se recibieron comentarios de la ciudadanía durante término. Que, en mérito lo expuesto, DECRETA:

Artículo 1°

. Adicionar Capítulo 8, al Título 2, 1081 de 2015, en siguientes términos: 3 del Libro 2 del "CAPíTULO 8 ARMONIZACiÓN PARA lA PROGRAMA ESPECIAL NCORPORACIÓN SOCIAL y ECONÓMICA CON ENFOQUE Y DE PARA COMUNIDADES RAS, AFROCOlOMBIANAS, RAIZAlES y PAlENQUERAS

Artículo 2.3.2.8.1

Objeto. Adóptese en su integridad Programa Armonización ra la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque y Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, el formula el objetivo, marco normativo, conceptos, principios, enfoques, estructura, ruta, plan operativo, lineamientos, y acciones, que orientan el proceso de armonización de la población del Especial de Armonización de conformidad con lo establecido en punto 6.2. del Acuerdo de Paz y demás normativa vigente sobre la materia, con el propósito de garantizar enfoque étnico y género de las personas pertenecientes a las Comunidades Negras, Afrocolombianas, y Palenqueras.

Artículo 2.3.2.8.2

Ámbito de aplicación. El Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y 0_3____ DE 2025 DECRETO NÚMERO __-_o0_.1_' PÁGINA 6 7 Continuación del Decreto "Por medio del cual se adiciona el capítulo 8, al Título 2, Parle 3 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015 y se adopta el de Armonización para la y Reincorporación Social y Económica con y de Género para Comunidades Negras, Afroco/ombianas, Raizales y Palenqueras" y se dictan otras disposiciones" con Enfoque y para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras adoptado mediante el presente Decreto se destinado a personas en reintegración o en proceso reincorporación se auto reconocen como negras, afrocolombianas, y y sus comunidades. Parágrafo. beneficios contenidos en el Programa que se adopta en presente Decreto son complementarios con la oferta institucional de la Agencia para la Reincorporación y Normalización y entidades estatales de acuerdo con los marcos política pública que tiene cada una de las poblaciones objeto atención.

Artículo 2.3.2.8.3

Implementación. la implementación del Programa a la L..""""""J'Cl. de y Reincorporación Social y con Enfoque Género para Comunidades Negras, y Palenqueras, las entidades vinculadas del Afrocolombianas, Gobierno Nacional deberán adoptar los procedimientos e instrumentos que se requieran con enfoque étnico y de género diferenciado.

Artículo 2.3.2.8.4

Seguimiento. seguimiento del Programa Especial de Armonización para Reintegración y Reincorporación y Económica con Enfoque y de para Comunidades Negras, Afrocolombianas, y Palenqueras, se realizará de conformidad con lo establecido en el mecanismo definido en Programa adoptado mediante el Decreto.

Artículo 2.3.2.8.5

Recursos. Las del orden que en el marco de sus funciones llamadas a coadyuvar en la implementación del Programa Especial Armonización para Reintegración y Reincorporación y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, de acuerdo con sus competencias, podrán priorizar y ejecutarán asignaciones presupuestales del específicas de conformidad con lo establecido en el Estatuto Presupuesto y con las disponibilidades presupuestales incluidas en el Marco de de Mediano y en el Marco de Mediano para el cumplimiento de los pactados con los Consejos Comunitarios y o organizativas de Comunidades Negras, Afrocolombianas, y Palenqueras, cumplir con el Programa adoptado mediante en virtud los principios buena fe, responsabilidad y transparencia, y del derecho de acceso a la información de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, y Palenqueras. Parágrafo. Para contribuir financiamiento del Programa de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, la para la Reincorporación y Normalización y demás entidades vinculadas, gestionarán los recursos de cooperación nacional e internacional en el marco los mecanismos definidos legalmente para tal " DECRETO NÚMERO _ _ " _0_1O_f3 _ ___ DE 2025 PÁGINA 7 DE 7 Continuación del Decreto uPor medio del cual se adiciona el capitulo 8, al Título 2, Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015 y se adopta el Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras" y se dictan olras disposiciones"\nArtículo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial, y adiciona el Capítulo 8, al Título 2, Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1081 de 28 ENE 2025 2015. PUBLíQUESE y CÚMPLASE /7] Dado en Bogotá D.C., a EL MINISTRO DEL INTERIOR _'''''''OAJ CRISTO BUSTOS EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO tE) '/,2 h----­ D~ GUEVARA CASTAÑEDA LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Lavt"·· LAURACAM ,ARABIAT~ES -bri r RAMA ESPECIAL ARMONIZACiÓN PARA LA REINTEGRACiÓN Y REINCORPORACiÓN SOCIAL Y ECONÓMICA CON ENFOQUE ÉTNICO Y DE PARA COMUNIDADES AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES y PALENQUERAS CONTENIDO 1. INTRODUCCiÓN...................................................................................................................... 3 CONCEPTO DEL PROGRAMA ESPECIAL 2.1. ARMONIZACiÓN ................................ 9 LA ARMONIZACiÓN ....................................................................................................... 9 PRINCIPIOS DEL PROGRAMA ESPECIAL ARMONIZACiÓN .............................. 10 4. ENFOQUES DEL PROGRAMA ESPECIAL ARMONIZACiÓN, PARA COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES y PALENQUERAS..... 14 ESTRUCTURA PROGRAMA ESPECIAL PARA LA REINTEGRACiÓN Y REINCORPORACiÓN SOCIAL Y ECONÓMICA CON ENFOQUE ÉTNICO Y GÉNERO ......................................................................................................................................... 17 6. RUTA PARA LA Y Y 18 6.1. Ámbito de Aplicación de la Ruta .............................................................................. 18 Plan 1. ................................ 19 CASOS ESPECIALES .......................................................................................................... 20 1.1. Población fuera de consejos comunitarios de negras de posesión ancestral con resolución de reconocimiento de título colectivo, tierras posesión ancestral de comunidades afrocolombianas, raizales y zonas. del nacional y palenqueras y organizaciones y expresiones organizativas de comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras ........................................................................ 20 1.2. PUEBLO ......................................................................................................... 21 8. EJES DE REINTEGRACiÓN Y REINCORPORACiÓN ECONÓMICA Y SOCIAL PROGRAMA DE ARMONIZACiÓN ....................................................................... 22 8.1. Eje ...................................................................................................... 22 8.2. Productividad y Sostenibilidad Económica: .................................................. 24 8.3. Eje Habitabilidad y Vivienda: .................................................................................... 25 8.4. Medicina Ancestral: .............................................................................................. 25 8.5. Eje Etnoeducación: ...................................................................................................... 26 8.6. Gestión de la Tierra y Soberania Alimentaria ................................................ 27 de Seguridad: ......................................................................................................... 28 9. DE 28 1. INTRODUCCIÓN1 Durante el entre el Gobierno Nacional y Revolucionarias Colombia FARC - EP, los grupos étnicos colombianos, entre ellos Comunidades Negras, Afrocolombianas, Palenqueras, y en la construcción de un Final para la conflicto y una Paz Estable y con el fin de salvaguardar garantías y no regresividad étnicos adquiridos desde la Constitución Política de 1991. En teniendo en a lo anterior, y para la los derechos son progresivos, el Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y en 2016, suscrito el Gobierno Nacional y las FARC-EP, acuerda el Capítula cual actúa como protección estas garantías en la implementación el Acuerdo, cuando su materialización involucre a los grupos étnicos colombianos. De acuerdo con lo en el capítulo étnico del Acuerdo reincorporación de origen étnico ha de estar enmarcada Armonización, el cual parte del posible retorno Programa Especial FARC- EP de origen étnico a sus torrítrlr¡ importante de ex nfonro con sus usos y de necesariamente en sus Es de resaltar un TO ..'·'T..... '·' ..... '" un número importante A frocolombianas, no origen. para la Reincorporación y Normalización la o con pertenecientes a las Comunidades Negras, y Palenqueras en proceso de reincorporación, pero también con un número importante en procesos de Reintegración, a las se les debe brindar una atención diferenciada y culturalmente adecuada, así como a sus familias y su alcance a todos los y ¡ Introducción nrp"PnT"n" por la ARN, Por lo tanto, el presente programa que se auto reconocen como para la Reincorporación y la procesos con la en a este Normalización. Asimismo, y teniendo en consideración que se con un importante Armados Organizados al Margen de la Ley (GAOML) con exintegrantes este autorreconocimiento étnico, que por ifo'·o ..... to<' situaciones no pueden o no programa desean retornar a sus comunidades población. tratamiento adicionalmente, y Palenqueras constituyen Afrocolombianas, Comunidades en Colombia, por su forma de ver y estar en el mundo, un tipo de construcción africanos, los procesos derivadas de sus colonial, el racismo y sus movimientos que se han gestado en varios principios, resistencia y reivindicación siglos en el territorio colombiano. Esto se ellos el de la solidaridad, su la forma como se conciben importancia para la esclavización durante recursos y en el planeta. con la y ambiente, en cuanto a su comportamiento diferencial Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras fue reconocido por el ordenamiento jurídico del país a partir de la Constitución Política de 1991 (artículo transitorio 55) Y normas concordantes, fruto 1991, Ley 70 de 1 y el Decreto 1066 de 201 su reglamentación (Ley 21 como salvaguarda derechos étnicos colectivos y fundamentales normativas y A partir de las Afrocolombianas, para las Comunidades y Palenqueras, como escenarios específicos para la definición y concertación de política pública, se consideró necesario entonces un programa diferenciado para población, el cual se materializa en el presente documento y se encuentra a la Agencia para la y la Normalización y demás entidades en el Programa en el marco de sus aunque en el y otro competencias anterior se Programa Especial para grupos se formulará y un capítulo indígena Comunidades Neg Afrocolombianas, y Palenqueras, de manera tal y como se establece en el documento: Nacional Desarrollo PND 2018-2022, producto del proceso del Plan Consulta Previa del mismo. espera que el programa contribuya a los procesos como unidad, aceptación, sanación, intercultural y convivencia armonización ordenamiento, reconciliación, las personas Negras, Afrocolombianas, Raizales y exintegrantes de grupos armados organizados al margen firmantes de diálogo la ley, y sus comunidades de tal forma que se respeten y fortalezcan valores comunitarios étnicos, usos y costumbres, y se avance en el restablecimiento del tejido social y la identidad tanto individual como colectiva del Acuerdo Final de marco de los acuerdos logrados en el Capítulo Paz se circunscribe el presente programa, por medio del cual se establecen los en Proceso de Reincorporación y pasos para que las personas firmantes de personas en Proceso de Reintegración retornen a sus territorios de origen o en caso no ser nativos los territorios Raizales y Palenqueras, convivir en comunidades. Asimismo, Reincorporación, Comunidades Negras, Afrocolombianas, que las espacios territoriales de estas en procesos Reintegración y se encuentren en tránsito hacia la vida civil, y que se auto reconozcan como Negras, Afrocolombianas, Raizales o Palenqueras, lo hagan con el apoyo, e los Consejos Comunitarios, y otras formas de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. El programa, atenderá los principios, valores y prácticas culturales, de manera se convierta en un lineamiento espiritual y práctico genere no solo procesos de convivencia sana sino condiciones dignas de vida en y con el territorio. Cabe anotar que en el marco de implementación del tanto el enfoque se ha determinado género como el enfoque étnico integradores, al proceso. En correspondencia a ser o este Programa Especial de Armonización para Reintegración y Reincorporación de personas pertenecientes a las Comunidades enfoque de Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras incorpora el de manera integral y trasversal, dentro del alcance de este atención con especificas de la ruta materializándose en enfoque diferencial. Para la elaboración de este documento, y con el fin avanzar en el diseño de la del Programa Especial de Armonización y su Instrumento Normativo, 31 agosto de (1 13), se suscribió el Convenio de Cooperación Internacional 1 la Agencia para la Reintegración y la Normalización y la Organización Internacional las Migraciones (OIM), y en el marco firmó contrato entre la OIM y el Consejo Comunitario de Comunidades Neg y Palenqueras la Instancia éste, se Río Naya, sugerido por y Afrocolombianas, de Alto Nivel con Pueblos Étnicos con objeto administrativos, humanos y financieros, entre la de "Aunar esfuerzos Agencia para la Reintegración y la Normalización y la Organización Internacional para Migraciones, para diseñar la propuesta del la Reintegración y Reincorporación Armonización y su Instrumento Normativo Social y Étnico y con las Comunidades Afrocolombianas, sentido, la Agencia propuesta Especial de - componente para y Palenqueras". la Reintegración y la Normalización de "Programa Especial Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque y de Género", a la OIM y el Consejo Comunitario del Río Naya, como insumo orientador formulación la propuesta una permitiera la dicho Programa. Asimismo, se desarrolló una permanente articulación con la OIM y el equipo étnico del Grupo de Enfoques Diferenciales, los Territoriales Normalización y el técnico desarrollo de la Agencia la Reincorporación y la Consejo Comunitario del Naya, para el actividades y encuentros territoriales con la participación comunitaria y el acompañamiento de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, así como reuniones asesoría y mesas de trabajo con el fin de impulsar la construcción de la propuesta del Programa Especial Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Armonización Los encuentros territoriales y las dinámicas de los ejercicios comunitarios se dieron de la siguiente manera entre los meses de octubre y noviembre de 2020: Ocho (8) . encuentros regionales en San Basilio de Palenque ; Carmen del Darién - Chocó; Vigía del Fuerte - Antioquia ; Quibdó - Chocó; Cali - Valle del Cauca; López de Micay - Cauca ; Guapi - Cauca ; Tumaco - Nariño; para la consecución de insumos que definan el diseño de la Propuesta. Cuatro eventos macrorregionales en la ciudad de Medellin - Antioquia ; Buenaventura - Valle del Cauca ; Tumaco - Nariño; y Cartagena - Bolívar, donde se dinamizó la socialización, construcción y ajustes para la propuesta del Programa e Instrumento Normativo, con la participación de representantes de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, líderes y lideresas afrodescendientes, mujeres, hombres, jóvenes y personas en procesos de reintegración y reincorporación. También se hicieron reuniones entre el 27 y 28 de noviembre para la estructuración del programa y el establecimiento de acuerdos entre la Agencia para la Reincorporación y la Normalización y la Organización Internacional para las Migraciones y el Consejo Comunitario del Río Naya . Finalmente, se llevó a cabo un Encuentro Nacional con personas en Reincorporación y Reintegración , en la ciudad de Medellín, los días 28, 29 Y 30 noviembre de 2020, donde se integraron sus aportes para el programa desde su participación , necesidades, intereses, expectativas y experiencias significativas. En los encuentros participaron personas integrantes o representantes de 129 formas organizativas de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, entre Consejos Comunitarios, organizaciones de base, organizaciones de la sociedad civil de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, organizaciones de mujeres y organizaciones con enfoque de género, personas en procesos de Reintegración y Reincorporación, con el acompañamiento de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización . A partir de dichos encuentros territoriales se obtuvo la propuesta del Programa Especial de Armonización y su Instrumento Normativo, los cuales ha tenido un proceso de revisión, análisis y ajuste por parte de los diferentes equipos de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización durante el año 2021, a la del y en miras a una implementación efectiva. contexto se consolida entonces la Especial propuesta de Armonización para la Económica can y Reincorporación Social y Diferencial Étnica y para las Comunidades cama el broquel que permita Negras, Afrocolombianas, Raizales y orientar las al de personas en reintegración y reincorporación, sus familias y y Palenqueras en el marca Com Afrocolombianas, respeta a sus étnicas, la convivencia, reconciliación y construcción ajustada con La presente propuesta de Programa, se Comunidades de por la Comisión recomendaciones Afrocolombianas, acuerdo con contenidas en el Nivel y Palenqueras (CCAN), 11:11','1:111"'1 1640 de 2020 "Por el cual se sustituye el 1, relacionado con la conformación y reglamentación la Comisión Consultiva Alto Nivel de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y prevista en el artículo la Ley 70 de 1993"."; la necesidad de contar can los ajustes por parte de instancia de representación permanente, análisis de las competencias en espacios de que en 2021, los ajustes del programa como propuesta de gobierno, se dieran entre la ARN y el Ministerio del Interior, la normatividad vigente regula tanto el. como la Comisión Consultiva de Consulta de Alto Nivel. Así, evidenciada la necesidad de ajustar la propuesta con recomendaciones por parte de la CCAN su presentación ante el es presentado el 18 de marzo de por parte de la Agencia Nacional Reincorporación y Normalización la Comisión Consultiva de Alto Nivel, se formalmente la delegación de la a la Subcomisión VI, mediante acta, se delega la iniciar la recomendaciones acuerdos y en previos iniciar la ruta metodológica para la Programa Especial Armonización, a la ONG FUNDAFRO como operador técnico de la CCAN. La Propuesta Programa, durante el proceso de ajl.Jstes realizado por la CCAN, recoge la visión de personas en reintegración y reincorporación a comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y valorando y sus ajustes y necesidades por cada uno de trabajo con la CCAN, delegada Consultiva Nivel, organizaciones y de la subcomisión VI además de con la participación diferentes poblacionales organizaciones y de acuerdo con sus como: representantes de víctimas, mujeres y población LGBTIQ y líderes pertenecientes a las Comunidades y Palenqueras. Afrocolombianas, La propuesta incorpora desde sus inicios las comunidades, se ha construido de manera participativa desde 2020 con la participación de "''''''''1-1'''''''''''''' los Consejos Comunitarios, jóvenes, población del Cauca, y lideresas, principalmente , Nariño, Antioquia, mayoritariamente la población en proceso departamentos del Chocó, y Bolívar, donde se concentran reincorporación y reintegración que se autorreconocen como Negros, Afrocolombianos, o Palenqueros, quienes también han contado con una activa participación en su construcción. Además del 2020, dicha propuesta en los mismos territorios durante 2021, Y en el proceso de por parte de la contó con una metodología manera, el se somete al CCAN, el cual Programa ha surtido todos para constituirse en una propuesta robusta y garantista desde su construcción. CONCEPTO DEL PROGRAMA ESPECIAL DE ARMONIZACiÓN 2.1. LA ARMONIZACiÓN. se entenderá como los mecanismos para en las personas que adelantan los procesos se auto reconocen como Negras, con Afrocolombianas, y familias que hacen parte de acuerdo con los usos y cultural y comunitario que busca generar lazos de convivencia proceso pacífica en de Armonización se entiende como el mismo el dichas Étnico Diferencial, y de fOr,",f,...,",,...C habitados por comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y 3. PRINCIPIOS PROGRAMA ESPECIAL DE ARMONIZACiÓN EL BUEN VIVIR: El principio del Vivir las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en Colombia, la obligación de promover la armonía y la satisfacción fundamentales de las comunidades para salvaguardar individuales y colectivos, en armonía con la naturaleza, PROGRESIVIDAD y NO REGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES y PALENQUERAS: y y internacional Comunidades Negras Afrocolombianas en la normatividad y jurisprudencia nacional e de los principios de progresividad y no -:;¡¡f""ll'\r,oc aquí desarrolladas no irán en detrimento comunidades Negras, Afrocolombianas, DIGNIDAD HUMANA: y Es inherente a todos los seres humanos. Se proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que toda persona tiene los derechos y libertades sin distinción alguna por motivos de raza, sexo, género, orientación sexual, idioma, religión y origen nacional, en busca del respeto universal y efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todas las personas. NO DISCRIMINACiÓN: Las acciones implementadas en el Programa Especial de Armonización - PEA, buscan reconocer y proteger los derechos y libertades, sin distinción alguna de pertenencia étnica, de género o cualquier otra índole. PARTICIPACiÓN Y DIÁLOGO INTERCUL TURAL: En el marco del fortalecimiento de la participación, se establece un enfoque integral y participativo, arraigado en los consejos comunitarios, organizaciones, otras formas y expresiones organizativas de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Este proceso participativo se lleva a cabo con pleno respeto a la autonomía y los derechos a la participación y la integridad sociocultural de todas las personas y de las comunidades, sin distinción alguna. Para garantizar la amplitud y diversidad de perspectivas, se fomenta la participación de las personas en proceso de reincorporación y reintegración de las comunidades Negras, Afrocolombíanas, Raizales y Palenqueras. RECONOCIMIENTO Y RESPETO DE DINÁMICAS CULTURALES TERRITORIALES Para la implementación Programa Especial de Armonización - PEA, es importante que se respeten y reconozcan los saberes ancestrales del pueblo Negro, Afrocolombiano, Raizal y Palenquero, lo que implica entender y respetar las diversidades al interior de lo que conocemos como pueblos y Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. EQUIDAD así como la existencia y reconocer sus estructurales personas lo cual implica un trato equitativo a todas en la garantía desigualdad instan al y a la situaciones a tomar de un trato justo. correctivas, buscando avanzar hacia la INTEGRALlDAD: garantizar la integralidad las disposiciones contenidas en el presente documento, todas las instituciones responsables de la implementación del Acuerdo deberán responder de forma coordinada y prioritaria para la materialización de los derechos las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. HERMANDADYSOLlDAruDAD Son principios las Comunidades involucran el relacionamiento armónico, la ayuda mutua y Palenqueras, la convivencia pacífica. Programa Especial estos principios, en el marco por Afrocolombianas, Raizales y Armonización todas las propenderá derivadas CORRESPONSABILlDAD reincorporación y reintegración requiere del compromiso y la familia para garantizar procesos la .::lv ..... 'c;;u y sin discriminación, se requiere que i) Que el Estado cumpla con su obligación de salvaguardar los derechos humanos, colectivos, económicos, sociales y culturales; ii) las personas en proceso reincorporación y reintegración cumplan con rei iii) comunidades y planes familias reintegración y reincorporación puedan en seno de una comunidad en iv) Las cosmovísión, los los acoge y trabajo o que las sus proyectos en vida sin sesgos ni discriminación; reintegración y reincorporación respetaran la etnodesarrollo y acatarán Comunitarios y de las reglamentos de formas y expresiones organizativas comunidades y Afrocolombianas, Palenqueras. DOCUMENTACiÓN de personas en Toda información Reincorporación, Reintegración y tratamiento, individual deberán ser detalladamente rOn1"\rT'",ruu, documentados y convenientemente clasificados, con el fin de asegurar seguimiento de los casos y evitar la revictimización a de repetidas consultas, encuestas, los procesos de recuperación y salvaguarda principio debe considerar la memoria histórica Comunidades Negras, Afrocolombianas, Rizales y OBJECiÓN CULTURAL derecho a la Comunidades cultural se entenderá como la posibilidad que tienen Afrocolombianas, y Palenqueras de oponerse al desarrollo de políticas, programas y proyectos cuando se ponga en peligro la cultura y pervivencia las comunidades. respetar y proteger la diversidad de cosmovisiones de las distintas comunidades, evitando imponer que puedan poner en o suprimir sus diálogo y la concertación con comunidades son cualquier iniciativa su identidad cultural conceptos, prácticas o tradiciones y costumbres. fundamentales para y sus valores. ACCiÓN SIN DAÑO implementación del I-'rf'lf"lr"" las actividades, Especial de Armonización programas y proyectos a mejorar la Afrocolombianas, de vida de los de las y Palenqueras, los garantizar se desarrollen estén Negras, comunitarios, Organizaciones y demás Formas y Expresiones Organizativas de Negras, en la planificación, ejecución, evaluación y un rol de Comunidades seguimiento. PROGRAMA ESPECIAL DE ARMONIZACiÓN. PARA ENFOQUES COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES y PALENQUERAS ENFOQUE DIFERENCIAL Enfoque Diferencial: Parte del reconocimiento que permite visibilizar, identificar y reconocer las condiciones y situaciones particulares y colectivas la desigualdad, fragilidad, vulnerabilidad, discriminación o exclusión de las pertenecientes a y Palenqueras, buscando el Negras, Afrocolombianas, efectivo de sus ,...or'ol".·""\<:' propiciando acciones su desarrollo. ENFOQUE ÉTNICO Garantizar el de derechos reconocidos legalmente a todos los miembros Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, haciendo las comunidades énfasis de manera muy especial en los usos y costumbres culturales tradicionales, permitiendo así su libre práctica y transmisión para el fortalecimiento de personas en proceso de reintegración y reincorporación. ENFOQUE GÉNERO El enfoque de la identidad en comunidades reconoce las interacciones género y la racial, y se por abordar las desigualdades y promover la igualdad de género en contextos de comunidades y Palenqueras, en proceso Negras, Afrocolombianas, reincorporación. enfoque género reintegración y aplicarse en la atención a las personas que lo requieran, teniendo en cuenta que por sus particularidades distintivos y condiciones vulnerabilidad en contextos participación en el conflicto interno colombiano fueron a su vez, víctimas por la discriminación estructural al género y la orientación sexual. FOQUE ORIENTACION SEXUALES E IDENTIDADES GÉNERO DIVERSAS Implica el reconocimiento de la existencia afrocolombiana, raizal y palenquera sexuales y de miembros de la comunidad se identifican a partir de orientaciones el respeto a sus derechos no normativas, garantizá humanos y asegurándoles un digno e igualitario. ENFOQUE TERRITORIAL Reconocer y tener en cuenta las necesidades, las características y particularidades económicas, culturales y de los territorios donde se desarrollen procesos de reintegración y reincorporación, asegurando que las iniciativas de reintegración y reincorporación sean adecuadas para territorio. ENFOQUE PSICOESPIRITUAL y la revitalización de las prácticas culturales y espirituales Promover el ancestrales del pueblo Negro, Afrocolombiano, y Palenquero, promoviendo y facilitando la transmisión de los conocimientos, lo que implica establecer espacios de aprendizaje y diálogo intergeneracional para que los miembros más jóvenes de comunidades puedan apropiar la sabidurfa de sus mayores garantizando la pervivencia de a. legado cultural. que las políticas de salud empleadas en el programa de reintegración y reincorporación I permitiendo a b. Se respeten y firmantes de prácticas culturales y espirituales, a enfoques holísticos de al reconocimiento e incorporación en el proceso saberes ancestrales y culturales de las Comunidades búsqueda de los Afrocolombianas, y Palenqueras asociados a la espiritualidad propia de las manifestaciones culturales relacionadas con la del territorio, los tratamientos los cuerpos, las prácticas asociadas a la vida y la muerte, así como la salud y el bienestar emocional. .. ENFOQUE ANTIRRACISTA El enfoque antirracista es un justicia y comprometido con la conciencia, abordar el racismo sistémico que han sido sometidas comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras; Reconociendo la necesidad de eliminar las inequidades raciales y promover la igualdad, enfocándose en la toma concretas, la de las continuo, a fin y el de una sociedad reconociendo que el es un y equitativa, arraigado en estructuras sociales. ENFOQUE AMBIENTAL ambiental reconoce y valora las comunidades tradicionales de producción de Afrocolombianas, Raizales y costumbres armónicos con el ambiente; la sus usos y cultural de comunidades con el territorio y sus recursos naturales. ENFOQUE RESTAURATIVO El procesos de reintegración y restaurativo significa reconocer se reincorporación desarrollan afrocolombianas, interno, y en y palenqueras procesos la reconstrucción del tejido territorios de han sido negras, del conflicto promover la restauración y la promoción comunidades los daños y la la convivencia reconciliación. ACCION PARA LAS PERSONAS EN CONDICiÓN DE DISCAPACIDAD discapacidad se reconoce como una situación de sistemas cuerpo y opresión y personas. capacidades y hegemónicos mediada por la normalidad del entender la complejidad de la diversidad humana oportunidades. Contrarresta de fondo la una forma hegemónica de ser, de que y estar en el mundo. Devela los más finos detalles de la inclusión y de la construcción de una sociedad para el reconocimiento, en contravención de las visiones normalizantes de las personas y de los procesos institucionales construidos desde una visión médica de los sujetos. Este enfoque reconoce la naturaleza cambiante de la discapacidad, es decir, su condición relacional, interactiva o dependiente, mostrando la imposibilidad de suscribir los procesos de inclusión a un prototipo, dado que, es una realidad condicionada por variables externas. Este enfoque deberá contemplar dos principios en el marco de la implementación del presente programa: a. Ajustes Razonables. Los ajustes razonables se entenderán como las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. b. Diseño Universal. Se entenderá como el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible. Este diseño se aplicará teniendo en cuenta las particularidades, diferencias y diversidades de las personas de las pertenecientes a grupos étnicos. 5. ESTRUCTURA DEL PROGRAMA ESPECIAL PARA LA REINTEGRACiÓN Y REINCORPORACiÓN SOCIAL Y ECONÓMICA CON ENFOQUE ÉTNICO Y DE GÉNERO De lo individual a lo colectivo: Desde este pilar se busca incorporar los enfoques étnicos y de género a los procesos de reintegración y reincorporación, a través de la flexibilización de los planes de trabajo y planes de reincorporación que deben adelantar las personas exintegrantes de los Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley, en concordancia con la normatividad vigente y los reglamentos internos de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. De lo comunitario a la individual: comunidades este pilar se Afrocolombianas, caso de que autónomamente fortalecer en "',"-"',<;;,'" y de aceptar el regreso de las la de reincorporación y reintegración a sus territorios colectivos, personas en estas comunidades puedan acompañar el proceso. 6. RUTA PARA LA REINTEGRACiÓN Y REINCORPORACiÓN SOCIAL Y ECONÓMICA: Para responder a requerimientos personas Negras, Afrocolombianas, que están procesos de Reintegración y Raizales y Reincorporación, como de las comunidades de armonización, Programa Especial de Armonización incorpora una operativa cual se estructura en esta sección se específica el de implementación. Ruta, la ámbito de aplicación la Ruta con relación a personas y territorios beneficios, la propuesta operativa su implementación, y finalmente consideraciones sobre casos especiales en los que se implementan procedimientos o complementarios a la Ruta. Aplicación de Ruta Ruta se implementará, en primera instancia, en los casos pertenecientes a Palenqueras que territorios Palenqueras en comunidades su proceso Comunidades ras, Afrocolombianas, Reintegración y Afrocolombianas, con la autoridad étnico-territorial, y por personas y en: y de los territorios colectivos, con el acompañamiento de las organizaciones y demás formas, expresiones organizativas de las Comunidades Negras, Afrocolombinas, Raizales y Palenqueras. y/o Ancestrales - alguna organización, colectivo o comunidad de armonización. 1.1 En comunitario comunidades Negras de con resolución de reconocimiento 1.2Tierras de ancestral ancestral título colectivo. comunidades negras, afrocolombianas, raizales y Palenqueras. 1.3 En zonas urbanas 6.2. territorio Nacional. Plan Operativo. Para la implementación la Ruta se han definido (3) 1. Transición . ..¡ Fase 2. Adopción del programa . ..¡ 3, implementación y seguimiento. cada se define el objetivo, las actividades para su cumplimiento y los resultados asociados. Fase 1. Transición: la primera se realiza la transición de las personas en proceso de reintegración y reincorporación para su vinculación en la Ruta; lo cual implica la caracterización beneficiarios voluntariedad para vincularse programa y la articulación en concertación con las autoridades de las Comunidades programa, la verificación su Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras el acompañamiento. Fase 2. Adopción del Programa: El objetivo en esta fase es adoptar el I-'rr"l,I'U'';:¡ Especial Armonización por parte autoridades Consejos comunitarios de comunidades I\Jonr<:.C' de posesión ancestral con resolución de reconocimiento título colectivo; tierras de posesión ancestral de comunidades negras, afrocolombianas, y Palenqueras, y de zonas urbanas del territorio Nacional y demás expresiones organizativas comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras y acompañar la construcción de planes de ncorporación de de y reincorporación y generar de seguimiento y personas en con base en los lineamientos verificación. Fase Implementación y Seguimiento: med definidas en los planes de reincorporación con el acompañamiento de la y autoridades esta fase se busca implementar Consejos comunitarios de comunidades Negras ancestral con resolución de reconocimiento título colectivo) posesión de posesión ancestral de comunidades negras, afrocolombianas, mizales y Palenqueras, y zonas urbanas del territorio Nacional y se realizará el seguimiento al cumplimiento los objetivos propuestos a partir la adopción beneficiario cumpla todos los objetivos y programa. Una vez el definidas en los planes de reincorporación, y que se enmarque en los tiempos de su nr/"lt"'QC,(,,\ de reintegración o reincorporación, se la Ruta. 7. CASOS ESPECIALES Existen casos especiales en Reincorporación a y Palenqueras, implementación algunas de de Comunidades Negras, fases y implica Reintegración y Afrocolombianas, de la responder a sus particularidades, no siendo actividades definidas complementarios a los definidos en la o implementando ruta. procedimientos A continuación, se hacen consideraciones sobre los casos especiales identificados. 7.1. Población fuera de consejos comunitarios de comunidades negras de posesión con resolución de reconocimiento de título colectivo, tierras de posesión de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras y de zonas urbanas del territorio nacional y sin acompañamiento de organizaciones y organizativas comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Cuando o familias de comunidades y Afrocolombianas, Raizales desarrollen procesos de reintegración y reincorporación por fuera comunitarios de comunidades posesión ancestral con reconocimiento de titulo afrocolombianas; de posesión y de zonas urbanas y Nacional y no tienen acompañamiento, se requiere acordar un del mecanismo seguimiento y acompañamiento por parte de la Agencia para renovación y normalización y demás entidades pOblación y manera que se garantice un para la atención a esta con enfoque diferencial y de RAIZAL , al momento solo se reincorporación activa, que se puede territorio raizal. Aunque este grupo étnico efecto con una persona en proceso por la condición de insularidad contenido en esta propuesta, su implementación, si fuere el caso, se tendrán en cuenta elementos específicos grupo étnico, a través de la autoridad Raizal, representantes de las y demás formas y del San Andrés, Providencia y cuando las personas en reincorporación o reintegración o no retornar a su territorio, caso se procura l como las organizativas del pueblo Raizal particularidades nto,roc,oC! y y expectativas a los que para el dar alcance el y acompañamiento la persona en o Reincorporación, sus familias y comunidad. de 8. E..IES DE REINTEGRACiÓN Y REINCORPORACiÓN ECONÓMICA Y SOCIAL PROGRAMA ESPECIAL 8.1. ARMONIZACiÓN Eje Psicoespiritual: Promover y difundir Raizales Afrocolombianas, en los y ancestrales, la importancia procedimientos de los las comunidades Negras, mediante prácticas la medicina y los de interacción, recuperación, transmisión y práctica de Promover Fortalecer la articulación de la oferta institucional para la atención salud mental personas en proceso pertenecientes a Comunidades en ración y Reincorporación Afrocolombianas, y Palenqueras, sus famílías y comunidades. Formular y las estrategias en concertación con los comunitarios de comunidades Negras de posesión ancestral con resolución de reconocimiento título colectivo, organizaciones y demás organizativas en de posesión afrocolombíanas, ...." ...... 'v·.... y Palenqueras y Nacional la " ' U !U ..... ','UI de comunidades zonas urbanas la estigmatización y sus acciones territorio en el Acuerdo de Paz para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en proceso de Reintegración y Reincorporación. Promover el acompañamiento en la atención de las enfermedades espirituales desde los saberes comunitarios y la comunión con las personas, el entorno y el ambiente, la sanación y el perdón interno y externo en los territorios pertenecientes a las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras que reciben a las personas en proceso de reincorporación y reintegración. Fortalecimiento de los saberes y prácticas ancestrales como mecanismos para la consolidación de espacios de convivencia, integración y reincorporación. Desarrollar procesos de formación a integrantes de Consejos Comunitarios, Organizaciones, demás formas y expresiones Organizativas de comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en los procesos de salud y promover la atención pertinente a estas comunidades. Promover espacios reflexivos personales, familiares y comunitarios que permitan el abordaje de los conocimientos colectivos de formas de sanación espiritual y perdón, respetando las creencias, usos y costumbres de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Propiciar espacios en los Consejos Comunitarios, Expresiones Organizativas y las familias de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, donde profundicen sobre la memoria ancestral psicoespiritual, las afectaciones familiares del conflicto y las formas posibles de sanación con las personas del proceso de Reincorporación y Reintegración. Productividad y Sostenibilidad Económica: ",,...,'.n,,,,,,,,, y estrategias fortalecimiento la creación proyectos productivos para las personas en proceso de reincorporación y reintegración pertenecientes a las Comunidades Negras, Afrocolombianas, D."-D.<;;;''''' y Palenqueras, y sus comunidades acogida. la creación y el fortalecimiento de asociativas que faciliten personas en económica de y reincorporación y la comunidad Negras Afrocolombianas, y Palenqueras. Promover las ideas y en productivos y Reincorporación en concordancia con los de las comunidades Neg Afrocolombianas, y gestionando la asistencia técnica con entidades acorde a la línea productiva. Promover diálogos Organizaciones, entre los representantes de Formas y Organizativas Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en de reintegración y reincorporación, alrededor del territorial. Brindar asistencia técnica en la formulación e implementación de proyectos productivos personas en de Reincorporación y Reintegración y a los comunitarios, organizaciones y de las comunidades Negras, Afrocolombianas, acogen a población. formas organizativas y Palenqueras Impulsar en articulación con las entidades del departamental y municipal, así como en el de estrategias público a nivel nacional, privado, la implementación la inclusión laboral para Reintegración y en proceso a Comunidades Negras, 'a ..~al";'" y Palenqueras. Gestionar iniciativas productivas en estratégicas para el apoyo concertación con Consejos Comunitarios, Organizaciones y Demás Formas y Organizativas donde se proceso de Reintegración comunidades 8.3. y las personas en Reincorporación Afrocolombianas, pertenecientes a y Eje Habitabilidad y Vivienda: Garantizar la para el desarrollo (Diseño y ejecución) de proyectos de vivienda que a las necesidades Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras proceso a las personas en Reintegración y Reincorporación en el marco la política pública nacional de vivienda. Formación y Garantizar el y proceso Comunidades Afrocolombianas, conocimiento 8.4. pertenecientes a las y Palenqueras en el la ruta de acceso a los programas y proyectos de viviendas que, en el marco necesidades Reincorporación a la población en los programas del Gobierno Nacional, respondan a sus conformidad con su condición. Eje Medicina Ancestral: Integración Medicina Ancestral y Occidental: integrar la medicina con la medicina la importancia para garantizar que las en proceso de reintegración y reincorporación tengan acceso a opciones de tratamiento que aborden sus necesidades específicas de salud conforme al cosmovisión e identidad étnica y cultural de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Ancestral: Destacar la a la mantener viva la medicina crucial Neg evitando su y es preservar la riqueza cultural y tradicional comunidades Afrocolombianas, Raizales y Formación y Apoyo a Ancestrales: Promover la formación y certificación a los y sabedoras Afrocolombianas, conocimientos 8.5. de las comunidades Negras, y Palenqueras para que transmitir sus manera efectiva. Etnoeducación: Fomentar, el ingreso y permanencia a personas en proceso de Reintegración y Reincorporación y sus familias en los programas educativos con pertinencia trasmisión las instituciones educativas principios y valores de implementen la comunidades Afrocolombianas, Raizales y competentes debe Promover Gobierno Nacional, a través de el acceso de personas en programas proteger, Gobierno Nacional, a través de reincorporación y reintegración a y fortalecer lenguas y Criollo las entidades competentes debe Promover y gestionar la articulación interinstitucional en instituciones públicas y privadas que permitan la formulación de los planes, programas y proyectos etnoeducativos para las personas, en proceso de reincorporación y reintegración , y sus familias en los Consejos Comunitarios, Formas y expresiones organizativas donde se reciben personas en procesos de Reintegración y reincorporación de comunidades Negras, Afrocolombianas , Raizales y Palenqueras. Promover y gestionar espacios etnoeducativos para el fortalecimiento de la identidad étnica/cultural de las personas en proceso de Reincorporación y Reintegración de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. 8.6. Eje Gestión de la Tierra y Soberanía Alimentaria: Impulsar por fuera de los territorios colectivos la ruta hacia la materialización en el acceso preferencial a los programas relacionados con la adquisición de tierras de conformidad con la normativa vigente y programas existentes para personas Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en proceso de Reincorporación y Reintegración. Promover la financiación de proyectos productivos de personas en procesos de Reintegración y Reincorporación y sus familias , dirigidos a garantizar la seguridad alimentaria en los territorios de comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Priorizar las mujeres y personas con orientación sexual e identidades de genero diversas de reincorporación , que las personas en proceso de pertenecen a las reintegración comunidades y negras, afrocolombianas, raizales y Palenqueras, en los programas de acceso a tierras. 8.7. de Seguridad: Diseñar e implementar programas y estrategias del riesgo prevención y mitigación violencia en los Consejos comunitarios, organizaciones y formas y organizativas de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, que proceso a las en reintegración y reincorporación como mecanismos protección, autoprotección y resolución - conflictos. ARN Y la comisión VI del Espacio Nacional de Consulta Previa desarrollaran de acompañamiento y seguimiento a las una en proceso humanos, cometidas contra y reincorporación que hacen de los de las reintegración comunidades Neg Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Impulsar un plan fortalecimiento de las guardias comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras las acogen reintegración y reincorporación siendo estas a las en proceso un de autoprotección del territorio. 9. PROPUESTAS DE SALVAGUARDA la reincorporación, ingreso y 1. colectivo, el de en el Nacional, la ARN o quien de articulación, concertación y coordinación con comunitarios de comunidades Negras reconocimiento posesión Consejos con resolución título colectivo, organizaciones y demás organizativas en las tierras posesión de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y Palenqueras y de zonas urbanas del territorio Nacional. 2. La ARN garantizará la participación de los Consejos Comunitaritos, Organizaciones y Demás Formas y Expresiones organizativas de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en los proyectos, planes y programas que se desarrollen para la población en reintegración y reincorporación. 3. El Gobierno Nacional, la ARN o quien haga sus veces garantiza la elaboración e implementación de un plan de acción participativo con las mujeres del Espacio Nacional de Consulta Previa, que favorezca la participación e incidencia de las mujeres como gestoras y cuidadoras en el marco de la política pública que orienta el Programa especial de armonización para la reintegración y reincorporación social y económica con enfoque diferencial étnico y de género para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales Y Palenqueras.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma