Por el cual se corrigen dos yerros de digitación en el Decreto 2316 del 20 de diciembre

Decreto · 103 · 2020-01-28 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 189°

de la Constitución Política y de acuerdo con el Decreto 1083 de 2015, Decretos Leyes 66? de 1993 y 274 de 2000. CONSIDERANDO Que mediante Decreto 2316 del 20 de diciembre de 2019 se realizó el nombramiento de un AGREGADO COMERCIAL, con categoría de Consejero en la Embajada de Colombia , ante el Gobierno de España. Que una vez publicado el Decreto 2316 del 20 de diciembre de 2019 se detectó que en los artículos 2 y 4 se incurrió en un yerro de digitación, como quiera que escribió «SILVERIO GÓMEZ CARDONA», siendo el nombre correcto SILVERIO GÓMEZ CARMONA. Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso administrativo, establece que: "En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda." Que la corrección prevista en el Decreto referido cumple con los presupuestos del artículo en cita, y no genera modificaciones en el sentido material de la decisión adoptada por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 2316 del 20 de diciembre de 2019. Que en mérito de lo expuesto, DECRETA

Artículo 1°

._ CORRíJASE el yerro contenido en el artículo 2 del Decreto 2316 del 20 de diciembre de 2019, el cual quedará así: ': "Artículo 2°. ._ En virtud de lo anterior, VINCÚLESE mediante nombramiento ·~í doctor SIL VERlO GÓMEZ CARMONA, identificado con [documento omitido]., al cargo de AGREGADO COMERCIAL, con categoría de Consejero en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España. " ¡ DECRETO NUMERO \.._ ' _-_.1_0_3___ DE _ _ _ _ _ _ Hoja No. 2 ,_. Continuación del Decreto "Por el cual se corrigen dos yerros de digitación en el Decreto 2316 del 20 de diciembre de 2019"\nArtículo 2°. ._ CORRíJASE el yerro contenido en el artículo 4 del Decreto 2316 del 20 de diciembre de 2019, el cual quedará así: "Artículo 4°. . - COMUNICAR, a la Doctora MARCELA DEL SOCORRO ASTUDILLO PALOMINO y al doctor SIL VERlO GÓMEZ CARMONA, el contenido del presente Decreto, a través de la Secretaría General de PROCOLOMBIA."\nArtículo 3°. . - COMUNICAR al Doctor SllVERIO GÓMEZ CARMONA, el contenido del presente Decreto, a través de la Secretaría General de PROCOLOMBIA.

Artículo 4°

. . - VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE · 28 ENE 2020 " Dado en Bogotá, D.C., a los lA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES El MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO SÉ MANUEL RE rREPO AJNDAN

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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