Artículo 1°
-lVIodifíquese el artículo 1 del Decreto 1769 de 2020, el cual quedará así: "Artículo 1. Emisión de "Títulos de Tesorería - TES - Clase B" para financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal del año 2021. Ordénese la emisión, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de "Títulos de Tesorería -TES-Clase B" hasta por la suma de CINCUENTA Y CINCO BILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL MILLONES DE PESOS ($55.332.000.000.000) moneda legal colombiana, destinados a financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia 'fiscal del año 2021. Parágrafo. Cuando los "Títulos de Tesorería - TES-Clase B" emitidos en virtud de lo autorizado por el presente artículo se enmarquen en la categoría de bonos temáticos de que trata el artículo 4 de la Ley 2073 de 2020, la Nación presentará en los reportes a los inversionistas los gastos elegibles asociados, de acuerdo con la información disponible y lo establecido sobre el particular en los marcos de referencia respectivos, por un monto equivalente a los recursos netos recibidos por la mencionada emisión."\nArtículo 2°. - Vigencia. El presente decreto modifica el artículo 1 del Decreto 1769 de 2020, y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 185 de 1995. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 3~ AGO 2021 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚ.=.B==,LI~./-. ANUEL R STREPO ABONO NO