Artículo 1°
. Ajústase la bonificación judicial de que trata el Decreto 022 de 2014, por el cual se modificó el Decreto 0382 de 2013 que creó para los servidores de la Fiscalía General de la Nación, a quienes se aplica el régimen salarial y prestacional establecido en el Decreto 53 de 1993, y que vienen rigiéndose por el Decreto 875 de 2012 y por las disposiciones que lo modifiquen o sustituyan, una bonificación judicial, la cual se reconoce mensualmente y constituye únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud. 0 La bonificación judicial se reconocerá a partir del 1 de enero de 2017, se percibirá mensualmente, mientras el servidor público permanezca en el servicio y corresponde para cada año, al valor que se fija en la siguiente tabla: DENOMINACiÓN DEL CARGO SUBDIRECTOR SECCIONAL SUBDIRECTOR REGIONAL JEFE DE DEPARTAMENTO ASESOR 111 'ASESOR 11 ASESOR I FISCAL DELEGADO ANTE JUECES I PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS i FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DE CIRCUITO FISCAL DELEGADO ANTE JUECES I MUNICIPALES Y PROMISCUOS . PROFESIONAL ESPECIALIZADO" PROFESIONAL ESPECIALIZADO I i PROFESIONAL DE GESTION '" I MONTO DE lA BONIFICACION JUDICIAL A PAGAR MENSUALMENTE CADA AÑO Año 2017 Año 2018 768.710 888.572 768.710 888.572 684.296 790.996 768.710 888.572 837.263 967.814 i 751.519 868.701 3.156.171 I 3.648.304 ! I 2.763.898 3.194.865 I 2.953.761 3.414.332 I 576.729 784.828 1.439.821 666.656 907.204 1.664.328 i DECRETO NÚMERO DE 2017 HOJA 2 Continuación del decreto "Por el cual se deroga el Decreto 247 de 2016" MONTO DE LA BONIFICACION JUDICIAL A PAGAR MENSUALMENTE CADA AÑO Año 2018 Año 2017 DENOMINACiÓN DEL CARGO 1 PROFESIONAL DE GESTION 11 I PROFESIONAL DE GESTION I i PROFESIONAL iNVESTIGADOR 111 PROFESIONAL INVESTIGADOR 11 PROFESIONAL INVESTIGADOR I I ASISTENTE DE FISCAL IV i ASISTENTE DE FISCAL 111 I ASISTENTE DE FISCAL 11 ASISTENTE DE FISCAL I . TECNICO INVESTIGADOR IV 'T(;CNICO INVESTIGADOR 111 TÉCNICO INVESTIGADOR 11 TECNICO INVESTIGADOR I TÉCNICO 111 TÉCNICO 11 TECNICO I AGENTE DE PROTECCiÓN Y SEGURIDAD IV AGENTE DE PROTECCiÓN Y SEGURIDAD 111 AGENTE DE PROTECCION y SEGURIDAD 11 AGENTE DE PROTECCION y SEGURIDAD I SECRETARIO EJECUTIVO AUXILIAR 11 AUXILIAR I CONDUCTOR 111 CONDUCTOR 11 CONDUCTOR I ASISTENTE 11 ASISTENTE I SECRETARIO ADMINISTRATIVO 111 SECRETARIO ADMINISTRATIVO 11 SECRETARIO ADMINISTRATIVO I , 1.919.927 1.982.193 486.461 1.224.535 1.852.643 2.085.939 1.915.404 1.749.761 1.306.372 1.893.770 2.085.939 1.743.308 1.101.797 1.919.927 1.306.372 1.091.366 2.221.296 2.291.271 562.313 1.415.472 2.141.521 2.411.194 2.214.066 2.022.596 1.510.070 2.189.061 2.411.194 2.015.137 1.273.597 2.219.296 1.510.070 1.261.540 790.223 913.439 687.979 795.253 590.103 688.529 534.738 618.117 1.306.372 628.593 279.079 577.486 556.621 405.680 1.091.366 463.943 950.185 803.551 675.123 1.510.070 726.607 322.595 667.530 643.412 468.936 1.261.540 536.284 1.098.344 928.847 780.393 I i I ! I PARÁGRAFO. La bonificación judicial señalada en el presente artículo se ajusta de acuerdo con la variación del índice de Precios al Consumidor (IPC); en consecuencia no le aplica el incremento fjjado para las asignaciones básicas. Para el año 2017 la bonificación judicial se ajustó en los términos consagrados en el parágrafo del artículo 10 del Decreto 022 de 2014. Los valores señalados en las· tablas del presente artículo para la bonificación judicial correspondiente al año 2018 contienen un ajuste equivalente a una variación proyectada del índice de Precios al Consumidor (IPC) del dos por ciento (2%), en los términos señalados en el Decreto 022 de 2014. " )I¡ DECRETO NÚMERO DE 2017 HOJA 3 Continuación del decreto "Por el cual se deroga el Decreto 247 de 2016" En el evento en que la variación del índice de Precios al Consumidor (IPe) certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE, para la vigencia fiscal del año 2018 sea diferente al dos por ciento (2%) proyectado para el valor de la bonificación judicial para el rnismo año, el Gobierno Nacional ajustará las tablas correspondientes para la respectiva vigencia en la diferencia que se presente. . Para el año 2019 y en adelante el valor mensual de la bonificación judicial será equivalente al valor que se perciba en el año inmediatamente anterior reajustado con la variación del índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE.