Por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo

Decreto · 1010 · 2022-06-14 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 2°

del Decreto Ley 2241 de 1986, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa se desarrolla con fundamento en los principios de "igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones". Que el artículo 2 del Decreto Ley 2241 de 1986, Código Electoral, dispone que "Las autoridades protegerán el ejercicio del derecho al sufragio, otorgarán plenas garantías a los ciudadanos en el proceso electoral y actuarán con imparcialidad, de tal manera que ningún partido o grupo político pueda derivar ventaja sobre los demás". Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 163 de 1994 y la Resolución 14746 del 2 de junio de 2022, que da continuidad a la Resolución 4371 del 18 de mayo de 2021, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el 19 de junio de 2022 se realizarán elecciones de segunda vuelta de Presidente y Vicepresidente de la República. Que la Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, en desarrollo de las funciones señaladas en el artículo 7 del Decreto 2821 de 2013, en sesión del 31 de agosto de 2021, mediante acta, aprobó el Plan Nacional de Garantías Electorales 2022, "Garantizar La Seguridad, Transparencia En Los Procesos Electorales", también denominado "Plan Ágora 11". Que para verificar el normal desarrollo del proceso electoral y propender porque el mismo esté rodeado de condiciones que permitan plenas garantías, el Gobierno nacional designará para cada uno de los departamentos y el distrito capital de Bogotá, un funcionario del nivel nacional, quien el día de las elecciones deberá realizar el seguimiento del proceso electoral, observar el comportamiento de los servidores públicos en relación con el proceso electoral, los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales, departamentales y municipales e informar a las autoridades nacionales sobre el desarrollo del proceso electoral y transmitir a las autoridades competentes sus observaciones y recomendaciones. En mérito de lo expuesto, l_O_i1_0_ ___ DE 2022 DECRETO NÚMERO _ _ _ PÁGINA 2 Continuación del Decreto: "Por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de la$ elecciones de segunda vuelta de Presidente y Vicepresidente de la República que $e realizarán el1 9 de junio de 2022 y se dictan otras ciisposiciones" DECRETA:

Artículo 1°

Coordinación. Oelegar al Ministro del Interior para que realice la coordinación del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los cil,ldadanos en el territorio nacional, con los delegados del Gobierno nacional, en cada una de las entidades territoriales que se designan en el artículo siguiente.

Artículo primero

del presente decreto, se designan los siguientes funcionarios en el distrito capital de Bogotá y en cada uno de los departamentos que se citan a continuación, para que realicen el acompañamiento y seguimiento del proceso electoral: DEPARTAMENTO DELEGADO PRESIDENCIAL' CARGO AMAZONAS FRANCISCO JOSE CRUZ PRADA ANTIOQUIA ÁNGELA MARIA OROZCO GÓMEZ. ALEJANDRO MIGUEL NAVAS RAMOS VICEMINISTRO DE POLfTICAS y NORMALIZACIÓN AMBIENTAL MINISTRA DE TRANSPORTE ASESOR GRADO 18 MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTRO DE MINAS Y ENERGiA MINISTRO DE HACIENDA y CRÉDITO PÚBLICO MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DIRECTOR DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTiÓN DEL RIESGO DE DESASTRES MINISTRO DEL DEPORTE ARAUCA ATLANTICO DIEGO MESA PUYO BOGOTA D.C. JOSEMANUELRESTREPO ABONDANO MARIA XIMENA LOMBANA VILLALBA EDUARDO JOSE GONZALEZ ANGULO BOLlVAR BOYACA CALDAS v CAQUETA GUILLERMO HERRERA CASTAÑO . CAMILO ANDRES ROJAS CASTRO CASANARE ALEJANDRA BOTERO BARCO CAUCA CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ CESAR CARLOS EDUARDO CORREA ESCAF CORDOBA PIERRE EUGENIO GARCIA JACQUIER - VICEMINISTRO DE POLfT1CA CRIMINAL Y I JUSTICIA RESTAURATIVA I I DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN VICEMINISTRO PARA LA PARTICIPACiÓN Y LA IGUALDAD DE DERECHOS MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DIRECTOR DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL·· . -­ 1010 DECRETO NÚMERO _ _ _ _ _ _ _ _ _ DE 2022 PÁGINA 3 Continuación del Decreto: "Por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de segunda vuelta de Presidente y Vicepresidente de la República que se realizarán el 19 de junio de 2022 y se dictan otras disposiciones" CHOCO JUAN SEBASTIÁN ARANGO CUNDINAMARCA ANA MARIA PALAU GUAINIA ,JEFFERSON MENA SÁNCHEZ GUAVIARE ORLANDO ALFONSO CLAVIJO CLAVIJO HUILA GUSTAVO NIÑO FURNIELES LA GUA~IIRA ANGELlCA MARIA MA YOLO OBREGÓN TITO JOSE CRISSIEN BORRERO CONSEJERO PRESIDENCIAL PARA LA JUVENTUD CONSEJERA PRESIDENCIAL PARA LAS REGIONES CONSEJERO PRESIDENCIAL PARA LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS ASUNTOS INTERNACIONALES SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA y SEGURIDAD PRIVADA VICEMINISTRO DE VETERANOS Y DEL GRUPO SOCIAL Y EMPRESARIAL DE DEFENSA MINISTRA DE CULTURA i I MAGDALENA i-- META I NARINO NORTE DE SANTANDER PUTUMAYO QUINDIO RISARALDA SANANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA SANTANDER , MINISTRO DE CIENCIA. TECNOLOGIA E INNOVACiÓN SANDRA ALZA TE VICEMINISTRA PARA LAS CIFUENTES POLlTICAS y ASUNTOS INTERNACIONALES RA~ON ALBERTO DIRECTOR UNIDAD RODRIGUEZ ANDRADE ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCiÓN Y REPARACiÓN INTEGRAL A LAS VICTIMAS=-­ JAIRO GARCIA GUERRERO VICEMINISTRO DE i I DEFENSA PARA LA ESTRATEGIA Y PLANEACIÓN I JUAN CARLOS VARGAS CONSEJERO PRESIDENCIAL PARA LA MORALES ESTABILIZACiÓN Y LA CONSOLIDACiÓN FERNANDO RUIZ GOMEZ I MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL ANA CRISTINA MORENO PRESIDENTE AGENCIA PALACIOS DE DESARROLLO RURAL RAQUEL GARAVITO GERENTE DEL FONDO ADAPTACiÓN CHAPAVAL I WILSON RUIZ OREJUELA SUCRE RODOLFO ENRIQUE ZEA NAVARRO TOLlMA MARIA VICTORIA ANGULO GON7ÁI F7 MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL MINISTRA DE EDUCACiÓN ... DECRETO NÚMERO 1010 ---------------------- DE 2022 PÁGINA 4 Continuación del Decreto: "Por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de segunda vuelta de Presidente y Vicepresidente de la República que se realizarán el1 9 de junio de 2022 y se dictan otras disposiciones" I VALLE DEL CAUCA VAUPÉS SUSANA CORREA BORRERO JOSÉ DAVID INSUASTI AVENDAÑO VICHADA JUAN MIGUEL DURAN PRIETO MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD y TERRITORIO DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE PLANIFICACiÓN Y PROMOCiÓN DE SOLUCIONES ENERGÉTICAS PARA ZONAS NO INTERCONECTADAS PRESIDENTE AGENCIA NACIONAL DE MINERíA

Artículo 3°

Instructivo. Para el ejercicio eficiente de la coordinación a que se refiere el

Artículo 4°

Viáticos y gastos de viaje. Los gastos de viaje que ocasione el desplazamiento y estadía de los anteriores funcionarios estarán a cargo del presupuesto de sus respectivas entidades.

Artículo 5°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíQUESE, COMU~íQUESE y <;8M~A~fu n~n k))ftti)). &)J Dado en Bogot8 D.C., 8 los -U ~ uJJ Y B\l &l\!J&& El Ministro del Interior,

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma