Seguimiento y Evaluación. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a través de la Dirección de Gobierno Digital, adelantará el seguimiento y evaluación de la Política de Gobierno Digital por medio de indicadores de cumplimiento e indicadores de resultado, de acuerdo con los criterios de evaluación y seguimiento definidos por el Consejo para la Gestión y Desempeño institucional. Así mismo, realizará mediciones de calidad a través del Sello de Excelencia de Gobierno Digital, sin pe~uicio de las funciones asignadas al Departamento Nacional de Planeación. Para tal efecto, los sujetos obligados deberán suministrar la información que les sea requerida a través del Formulario Único de Reporte de Avance en la Gestión - FURAG o el que haga sus veces, de acuerdo a lo señalado en el artículo 2.2.22.3.10 del Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario de Función Pública. ,
Parágrafo 1.
El modelo del sello de Excelencia de Gobierno en Línea adoptado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, pasará a denominarse modelo del Sello de Excelencia de Gobierno Digital, y a través de él, se evaluará la alta calidad de los productos y servicios digitales y capacidades de gestión de TI de los sujetos obligados.
Parágrafo 2.
El seguimiento y la evaluación del avance de la Política de Gobierno Digital se realizará con un enfoque de mejoramiento continuo, verificando que cada sujeto obligado presente resultados anuales mejores que en la vigencia anterior, de acuerdo con la segmentación de entidades definida en el artículo 2.2.9.1.4.2 del presente Decreto.
Parágrafo 3.
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá adelantar, bajo las directrices del Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional, estudios específicos para medir aspectos relacionados con la Política, para lo cual los sujetos obligados deberán suministrar la información que les sea requerida a través del FURAG.