Auditor General de la República. El Auditor General de la República devengará la misma asignación básica y gastos de representación que percibe el Contralor General de la República. 1004 NÚMERO DE 2019 Hoja 2 remuneración correspondientes a la República y se dictan otras alta gestión trata el presente artículo, se en su totalidad y deja sin cualquier otra prima, con excepción de la prima y no se tendrá en cuenta para la determinación la remuneración de otros de la Auditoría de la República. 2. La prima alta gestión a que se refiere el presente artículo 1"'1"I1'<:::fllfl factor solo para efecto del Sistema General de . . . Q'nc""nt:'c y, de con la Ley 797 Seguridad Social en Salud.
Parágrafo 1.
Establécese para el Auditor General de la República una prima de alta gestión, equivalente a la diferencia entre los ingresos laborales totales anuales percibidos por el Contralor General de la República y los ingresos laborales totales anuales del Auditor General, sin que en ningún caso los supere. Se entiende que los ingresos laborales totales anuales percibidos por el Contralor General de la República son los constituidos por la asignación básica, los gastos de representa,ción, la prima de navidad la rima es ecial de servicios. \