Por el cual se reglamenta el artículo 257 de la Ley 2294 de 2023 - Plan Nacional de

Decreto · 1001 · 2025-09-18 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 24

Artículo 1°

1.14 del Decreto 1081 de 2015, modificado por el decreto 270 de 2017, el proyecto de decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Industria y Turismo. en mérito lo expuesto, DECRETA:

Artículo 2.2.1.20.1.1

Objeto. presente Decreto reglamenta las Compensaciones Industriales en el marco de las compras públicas naturaleza militar y del Defensa que trata artículo la Ley 2294 2023 Y un modelo gobernanza para su operación.

Artículo 2.2.1.20.1.2

Definiciones. Para del presente Decreto, los siguientes se señala a continuación: términos tendrán significado Áreas interés: Iniciativas sobre cuales priorizados los tipos compensaciones industriales, transferencia y los esquemas de cooperación público­ privada en el marco de la Política de Reindustrialización. Beneficiario: natural o jurídica, de naturaleza pública, privada o mixta, nacional con domicilio en Colombia, que cumpla condiciones previstas en numeral 1 del la Ley 2294 2023. artículo Convenio Derivado: Acuerdo suscrito entre Ministerio de Comercio, Industria y el Beneficiario y el proveedor que suscribió Convenio Marco, en virtud del cual, se recogen los términos y condiciones un proyecto compensación industrial. Convenio Marco: Acuerdo suscrito entre Ministerio Comercio, y Turismo marco compensaciones industriales en materia de Defensa y un proveedor en Nacional en virtud del cual, el proveedor se obliga a celebrar Convenios Derivados. DECRETO 1001 DE 2025 Página 3 de 10 Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta el artfculo 257 de la Ley 2294 de 2023 - Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 respecto de las compensaciones industriales en materia de Defensa Nacional" Contrato Principal: Acuerdo suscrito por el Ministerio de Defensa Nacional, bajo el marco de la política sectorial para la implementación de Acuerdos de Cooperación Industrial y Social- Offset, relacionados con adquisiciones de bienes y servicios de naturaleza militar para el Sector Defensa. Gerente de Proyecto: Es el designado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para la administración, organización y funcionamiento de cada uno de los proyectos, incluida la presentación de estos al Comité Asesor. Seleccionador: Es el encargado de seleccionar los Beneficiarios, según los criterios que establezca el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Receptor: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo quien recibirá los créditos Offset transferidos por parte del Ministerio de Defensa Nacional. Transferencia de conocimiento: Conjunto de procesos destinados a compartir o difundir conocimientos, experiencias y habilidades, y la adquisición por parte de la otra de conocimientos, experiencias y habilidades. Transferencia de tecnología: Serie de procesos destinados a compartir ideas, conocimientos, tecnologías y capacidades con otro particular o institución, y la adquisición por la otra parte de esas ideas, conocimientos, tecnologías y capacidades. Transferencia de proyectos especiales: Conjunto de actividades que implican entrega y recepción de bienes, servicios, tecnología y conocimiento para proyectos de interés en sectores priorizados por el Gobierno Nacional, aplicable exclusivamente en adquisiciones estratégicas del Sector Defensa iguales o superiores a USD$ 3.000.000.000 (tres mil millones de dólares americanos), o su equivalente en otras monedas a la tasa de cambio vigente a la fecha de suscripción de un único contrato .. Parágrafo. Los demás términos utilizados en presente Decreto deben entenderse de acuerdo con el significado definido en la política sectorial para la implementación de Acuerdos de Cooperación Industrial y Social- Offset, relacionados con adquisiciones para el Sector Defensa y Seguridad del Ministerio de Defensa Nacional, o en su defecto, con su significado natural y obvio.

Artículo 2.2.1.20.1.3

Exclusión del proyecto y la selección de Beneficiarios del Sistema de Compra Pública. Las compensaciones industriales y la selección de los Beneficiarios en el marco de la Política de Reindustrialización no se rigen por las disposiciones del Sistema de Compra PIJblica.

Artículo 2.2.1.20.1.4

Ámbito de aplicación. El presente Decreto aplica al Ministerio de Defensa Nacional y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en lo correspondiente al porcentaje de las compensaciones industriales en el marco de lo señalado en el numeral

Artículo primero

del artículo 257 de la Ley 2294 de 2023. El contrato principal deberá indicar el porcentaje correspondiente a las compensaciones industriales en materia de Defensa Nacional, el cual no podrá ser menor a un diez por ciento (10%) del total de la obligación Offset acordada entre las partes. ~I porcent~je restante le aplicarán los lineamientos y condiciones establecidos en la Polltlca SectOrial DECRETO 1001 2025 Página 4 10 Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta el arlículo 257 de la Ley 2294 de Nacional de 2022 - 2026 de las en materia Nacional" para la Implementación Acuerdos de Cooperación Industrial y Social Ministerio Defensa Nacional. Offset del

Parágrafo 1. Durante los primeros tres (3) años a partir de la entrada en vigencia del nr.::.c:t=>nTt=> Decreto, porcentaje destinado al receptor de un por ciento (10%) del la obligación acordada entre las partes. Nacional y Ministerio Comercio, Vencido término, el Ministerio de Industria y Turismo evaluarán dicho porcentaje con base en los resultados de la implementación, impactos en la industria nacional y cierre de brechas tecnológicas, y podrá recomendar su ajuste o incremento, de conformidad con los objetivos de la Política de Reindustrialización. Parágrafo Para la ejecución de la obligación Offset, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo firmará con el proveedor un Convenio Marco y los Convenios Derivados que considere necesarios.
Parágrafo 3. Cuando Sector Defensa lleve a cabo una adquisición de bienes y servicios para uso militar, equipos y de armas destinados a la defensa y uridad de la Nación, en un contrato, por valor igualo superior a 3.000.000.000 (tres mil millones de o su equivalente en otras aplicará la figura de proyectos definidas en el Decreto. caso, al Comercio Industria y Turismo, se le podrá destinar del diez por (10%) del total de Offset
Parágrafo 4. Para la ejecución de las obligaciones Offset en marco de transferencia de proyectos se suscribirá un Convenio Marco y Convenios Derivados.

Artículo 2.2.1.20.1

Umbrales mínimos para inclusión de acuerdos de compensación industrial (Offset). obligatorio incluir la cláusula compensación industrial (Offset), en los contratos que se financien con Presupuesto General de la Nación y tengan por objeto la adquisición de bienes y servicios para uso militar o equipos y de armas destinados a la defensa y seguridad de la Nación (incluyendo los y servicios asociados a su sostenimiento y mantenimiento), cuyo valor sea igualo superior a USD $3.000.000,00 millones de dólares americanos) incluyendo impuestos, o su equivalente en otras monedas, pactados en un único contrato y sus adiciones Cuando exista un Convenio Marco vigente entre Ministerio Defensa Nacional y el proveedor y se un nuevo contrato cuyo valor sea igual o superior a USD $1.000.000,00 (un millón de dólares), el Ministerio Defensa Nacional definirá la conveniencia de: 1. Adicionar la nueva obligación al convenio marco inicial, o Celebrar un nuevo Convenio Marco. 1001 DE 2025 Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta Nacional de 2022 - 2026 de Nacionar Página 5 de 10

Parágrafo 1. Cuando se realicen adquisiciones estratégicas del Defensa. con montos iguales o superiores a USD $3.000.000.000 (tres mil millones de dólares Representativa Mercado americanos), o su equivalente en otras monedas a la (TRM) de la de suscripción de un único contrato principal, aplicará la figura de transferencia proyectos definidas en presente Para al Comercio Industria y Turismo se le podrá destinar más por ciento (10%) del total de la obligación Offset.

Artículo 257°

de la 2294 de 2023 industriales en materia de Plan Artículo .20.1.6. Acceso a Información que goza de reserva legal. El Ministerio de de Comercio, Industria y Turismo, los del Comité Asesor, el Proyecto y cumplimiento lo consagrado en la Constitución Política de Colombia, la Ley Estatutaria 1621 del 201 la Ley 1712 del 2014, Decreto Único Reglamentario 1070 del 201 la Sentencia 2012 de la Corte Constitucional, en materia información que goza de reserva legal, inteligencia y contrainteligencia. tanto de Seguridad y Defensa Nacional, como

Artículo 2.2.1.20.1.7

Mecanismos de evaluación la efectividad de las compensaciones industriales Offset. evaluación la efectividad las compensaciones industriales Offset se a través un Comité Vigilancia y Supervisión, cuya conformación será determinada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. el encargado de hacer seguimiento a la implementación y cumplimiento Dicho comité con en procedimiento que reglamentado de las mediante administrativo expedido por Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con posterioridad a la entrada en vigencia del presente entidades Artículo .20.1.8. Elementos mínimos a tener en para entidades compradoras. Para de la aplicación del Decreto, en cuenta como mínimo los siguientes elementos: compradoras deberán 1. Naturaleza de la adquisición de y servicios: Corresponde a procesos contratación con Presupuesto General la Nación tenga por objeto la adquisición de para uso militar, equipos y sistemas de armas destinados a la Defensa y Seguridad de la Nación (incluyendo a aquellos y servicios asociados a su sostenimiento y mantenimiento durante su ciclo de vida). 2. Cuantía de la contratación: la relativa a los mínimos industrial Offset. en

Artículo 5°

del inclusión acuerdos nlp.!CICla Decreto, 3. Proveedor: Será exigible la obligación de Offset a toda empresa extranjera que, manera directa o indirecta (mediante representante exclusivo en Colombia, filial o en subsidiaria) bienes y/o SECCiÓN 2 GOBERNANZA

Artículo 2.2.1.20.2.1

Orientación y coordinación. Ministerio y Turismo coordinará y definirá mediante Resolución Ministerial lo al porcentaje que le sea asignado de compensaciones industriales en materia de Defensa Nacional.

Artículo 2.2.1.20.2.2

Comité Asesor. compensaciones industriales en el marco de la Política de Reindustrialización tendrán un Comité integrado 1. 2. Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado, quien Ministro de Defensa Nacional o su delegado. presidirá. DECRETO lCOl DE 2025 Página 6 de 10 Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta el artículo 257 de la Ley 2294 de 2023 - Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 respecto de las compensaciones industriales en materia de Defensa Nacional" 3. Un representante de los Beneficiarios con voz, pero sin voto.

Parágrafo 1. De acuerdo con el objeto de cada proyecto de compensación industrial, los miembros del Comité Asesor podrán ampliar la integración del Comité con la participación de los ministros y/o delegados de los sectores a los que se encuentren asociados los proyectos, cuando se considere necesario para el análisis técnico o jurídico de los mismos. Los ministros o delegados que participen en esta condición tendrán voz y voto en las sesiones en las que se analice el proyecto correspondiente. Para sesionar, el Comité requerirá la presencia de al menos dos (2) de sus miembros con voz y voto, y las decisiones se adoptarán por mayoría simple de los asistentes con derecho a voto. En caso de empate, la decisión será adoptada exclusivamente por los miembros permanentes del Comité, conformados por el Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado, y el Ministro de Defensa Nacional o su delegado.
Parágrafo 2. Podrán participar con voz, pero sin voto, un representante de la academia, las personas invitadas por el Comité, así como el Gerente de Proyectos y el Seleccionador, cuando sean requeridos.

Artículo 2.2.1.20.2.3

Funciones. Son funciones del Comité Asesor las siguientes: 1. Asesorar en el marco de la Política de Reindustrialización, las Áreas de Interés, tipos de transferencia o esquemas de cooperación público-privada, que orientarán el desarrollo de las compensaciones industriales. 2. Proponer la construcción e implementación de un esquema de seguimiento y monitoreo para los proyectos y, generar buenas prácticas en el uso y la implementación de acuerdos de compensación industrial en el marco de la Política de Reindustrialización. 3. Proponer recomendaciones a los proyectos presentados por el Gerente de Proyectos, las cuales podrán versar sobre cualquier tema o etapa. 4. Proponer lineamientos para la coordinación entre las entidades involucradas en la implementación de las compensaciones industriales. 5. Analizar los informes de avance y resultados presentados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y formular recomendaciones de mejora . 6. Emitir conceptos de carácter consultivo sobre casos de incumplimiento o controversias que surjan durante la ejecución de las compensaciones industriales, cuando le sea requerido . 7. Recomendar por lo menos, cada tres años, las modificaciones a la política de compensaciones industriales en el marco de la Política de Reindustrialización. 8. Crear y coordinar grupos interdisciplinarios de trabajo para el desarrollo de tareas, objetivos y procesos técnicos. 9. Darse su propio reglamento.

Artículo 2.2.1.20.2.4

Secretaría Técnica. El Viceministerio de Desarrollo Empresarial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ejercerá la Secretaría Técnica del Comité Asesor. 100 DECRETO Página 1 2025 10 Continuación del Decreto el cual se reglamenta el artículo 257 de la Ley 2294 de 2023 Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 respecto de las compensaciones industriales en materia de JRTRn'<:R Nacionar Secretaría Técnica responsable de: 1. Convocar a las sesiones del Comité, elaborar el orden del día y las correspondientes. 2. seguimiento a los compromisos adoptados en las 3. Consolidar la información y operativa para la toma de decisiones del Comité. Presentar para aprobación del Comité los proyectos reglamentación y lineamientos la implementación las compensaciones industriales. técnicos necesarios

Artículo 2.2.1.20.2.5

Suscripción de Convenios Marco y Convenios Derivados. La suscripción de los Convenios Marco estará en cabeza del Ministerio de Comercio, definida por el Industria y Turismo. los Convenios Derivados la suscripción Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. SECCiÓN 3 OPERACiÓN

Artículo 2.2.1.20.3.1

Comunicación por parte del Ministerio de Defensa Nacional. Ministerio de Defensa Nacional comunicará al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo la celebración de Contratos Principales de los dos (2) meses siguientes a dicha celebración.

Parágrafo 1. En aquellos casos en que los proyectos Offset sean estructurados técnicamente manera simultánea con la compra, el Ministerio de Defensa Nacional podrá invitar para su participación, al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. todo caso, la firma del Contrato Principal no supeditada a la estructuración y firma los Convenios Marco y Derivados. regla general, deberán primar las consideraciones relacionadas con el
Parágrafo 2. bien o servicio principal a adquirir y no se debe, por tanto, anteponer Offset. Offset es complementario a la adquisición y no al contrario. Así las el Offset es un mínimo excluyente en la estrategia de contratación, y de igual forma, las consideraciones sobre ios tendientes a definir características del bien Offset no podrán incidir en los principal requeridas por el Sector Defensa.

Artículo 2.2.1

uemas y/o los sus objetivos. Proyectos. Los proyectos cooperación público-privada utilizar los tipos transferencia sean adecuados para lograr

Artículo 2.2.1.20.3.3

Acompañamiento de terceros. Gerente Proyecto podrá solicitar acompañamiento

Artículo tercero

s en cualquier momento, teniendo en cuenta áreas de interés, los de transferencia o los esquemas de cooperación público-privada relacionadas con proyecto específico. Artículo .20.3.4. Requisitos y criterios de selección. requisitos para la del Gerente Proyecto y los criterios selección de los Beneficiarios serán definidos en la reglamentación posterior que expida el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. DECRETO 1001 2025 Página 8 de 10 Continuación del Decreto "Por el cual se el artículo 257 de la Ley 2294 2023 - Plan industriales en matería de Defensa Nacional 2022 - 2026 respecto de las f"l1rnnt:'n Nacional"\nARTÍCULO .20.3.5. Designación del r.;;.", .."" ....."" de Proyecto. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo indicará quién será el de Proyecto. del proyecto al Artículo .20.3.6. Proyectos someterá a consideración del Comité Asesor las recomendaciones que considere que Industria y Turismo. Asesor. proyecto a al Ministerio

Artículo 2.2.1.20.3.7

Documentación del proyecto. de Proyectos radicará al Comité la final del proyecto a implementar. Sobre este proyecto se hará el y cualquier modificación al mismo ser Comité Asesor. El proyecto establecerá la forma y los términos de su ejecución e implementación, incluida la selección de los Beneficiarios y definirá si será empleado un Seleccionador, de conformidad con las haya establecido previamente el Ministerio Comercio, Industria y Turismo. La duración de los proyectos podrá la vigencia del Contrato Principal.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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